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La Cámara Federal ordenó indagar a directivos de Atanor y exfuncionarios por la contaminación en San Nicolás

3 junio 2026 - 15:20

Tras once años de investigación, la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario revocó la postura del juez Carlos Villafuerte Ruzo y dispuso tomar declaración indagatoria a representantes de la empresa agroquímica y a exautoridades de organismos de control provinciales.

La investigación judicial por la presunta contaminación ambiental generada por la planta de ATANOR S.A. en San Nicolás dio un giro trascendental. La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario ordenó al juez federal Carlos Villafuerte Ruzo citar a declaración indagatoria a seis directivos de la empresa, cinco funcionarios del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) y tres presidentes de la Autoridad del Agua (ADA) por su eventual responsabilidad en la contaminación del Río Paraná, el suelo y el aire de la zona.

La decisión fue adoptada tras hacer lugar a los recursos de apelación impulsados por el fiscal federal Matías Di Lello, titular de la Sede Fiscal Descentralizada San Nicolás de los Arroyos, y por la querella que representa a vecinos de la ciudad.

La causa se inició el 3 de junio de 2014, cuando habitantes de San Nicolás denunciaron que la planta local de Atanor habría cometido delitos contra la salud pública y violado las leyes nacionales 24.051 de Residuos Peligrosos y 22.421 de Conservación de Fauna Silvestre. En aquella presentación sostuvieron que la empresa realizaba escapes gaseosos, vertía efluentes contaminantes al Paraná, instalaba cañerías clandestinas, enterraba residuos tóxicos en las barrancas y regaba esos sectores con líquidos contaminados. También denunciaron la apertura de compuertas de la laguna de afinamiento para tareas de lavado y señalaron supuestas deficiencias edilicias y tecnológicas en la planta.

Los vecinos afirmaron además que la actividad industrial habría provocado daños en la salud de la población y que residentes del Barrio Química habrían fallecido por causas relacionadas con la contaminación denunciada.

Durante la investigación, delegada en la fiscalía de Di Lello, se recolectaron testimonios de vecinos y exempleados y se realizaron estudios técnicos. De acuerdo con la resolución, los análisis químicos detectaron atrazina en muestras de agua del Río Paraná y la presencia de cipermetrina y trifuralina en el suelo, elementos que pasaron a integrar el cuerpo probatorio del expediente.

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El fiscal solicitó formalmente las indagatorias el 2 de mayo de 2023. A los directivos de Atanor les atribuyó haber contaminado, al menos hasta el 16 de julio de 2020, “el curso del río Paraná, sus barrancas, el suelo y el aire” mediante “el esparcimiento de partículas en el ambiente y el vuelco de efluentes al río, los que contenían residuos peligrosos categorizados como desechos Y4 del Anexo I de la ley 24.051”. Según la acusación, estas acciones habrían puesto en riesgo la salud pública y la de los vecinos de los barrios Química y Ponce de León.

Respecto de los funcionarios del organismo ambiental provincial, Di Lello sostuvo que habrían “incumplido con la misión y función impuesta a los funcionarios de dicho organismo”, al omitir tareas de fiscalización, control ambiental y preservación de recursos naturales. A los expresidentes de la Autoridad del Agua les imputó haber incumplido las obligaciones previstas en la Ley Provincial 12.257 (Código de Aguas), al no supervisar adecuadamente actividades vinculadas al uso, conservación y protección del recurso hídrico.

La Cámara cuestionó la demora acumulada en el expediente. En su voto, la jueza Silvina María Andalaf Casiello, al que adhirió su colega Aníbal Pineda, destacó que “la instrucción se encuentra delegada, hace once años, no habiéndola reasumido el magistrado”. También sostuvo que las medidas de prueba pendientes “serán valoradas oportunamente para el caso del dictado de la situación de mérito de los encausados”, por lo que no justificaban seguir postergando las indagatorias.

La magistrada fue aún más contundente al remarcar que los llamados a indagatoria habían sido “diferidos de decidir, o rechazados por el magistrado, en base a distintas argumentaciones” durante años. Finalmente concluyó que, “atento el tiempo transcurrido” y el volumen de prueba reunida, correspondía hacer lugar a las apelaciones y ordenar que se reciban las declaraciones indagatorias solicitadas por la fiscalía y la querella.

La resolución representa uno de los avances judiciales más importantes desde el inicio de la causa y abre una nueva etapa en una investigación que lleva más de una década analizando las denuncias por contaminación ambiental en San Nicolás.


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