14 agosto 2026 - 12:15
Antonio Ezequiel Luna y Nicolás Santiago Empedocle llegarán a juicio el martes. La CPM cuestiona que el hecho haya sido calificado como lesiones culposas.
Los policías bonaerenses Antonio Ezequiel Luna y Nicolás Santiago Empedocle comenzarán a ser juzgados el próximo martes 18 de agosto por el disparo que recibió Jonathan Paredes dentro de un calabozo de la Comisaría 1.ª de San Nicolás y que le provocó, entre otras graves lesiones, la pérdida del ojo izquierdo.
El debate oral se desarrollará durante el martes 18 y el miércoles 19 de agosto y está previsto que declaren 26 testigos. El proceso estará a cargo del juez Sebastián Subiri, quien subroga el Juzgado Correccional N.º 1 de San Nicolás. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) participará como particular damnificado institucional, junto al abogado Gabriel Ganón, patrocinante de Paredes.
El episodio ocurrió durante la madrugada del 1 de agosto de 2024, cuando Luna se desempeñaba como imaginaria —custodio de los calabozos— y Empedocle cumplía funciones como oficial de servicio en la dependencia policial. Paredes había sido aprehendido junto con otro hombre por resistencia a la autoridad y discutía para que no los alojaran juntos dentro de una celda pequeña.
Según la prueba incorporada a la causa, en medio de esa situación Antonio Ezequiel Luna le entregó una escopeta a Nicolás Santiago Empedocle y le dijo: “Tirale, dale, que es de explosión”.
La acusación sostiene que Empedocle levantó el arma y disparó a través de la ventana enrejada de los calabozos cuando Jonathan Paredes se encontraba detrás de la puerta, a menos de medio metro de distancia.
Sin embargo, la escopeta no estaba cargada con munición de estruendo sino con postas de goma. El disparo impactó directamente en el rostro de Paredes y le provocó el estallido del ojo izquierdo, que posteriormente debió ser extirpado, además de varias heridas cortantes graves que le impidieron trabajar durante más de un mes.
El fiscal Darío Giagnorio, especializado en delitos institucionales, calificó el episodio como lesiones culposas. Según su interpretación, los policías intentaban “sofocar una situación de disturbio” y actuaron de manera imprudente bajo la creencia de que el arma contenía munición de estruendo.
Esa figura penal contempla una pena de entre un mes y tres años de prisión o una multa de entre mil y quince mil pesos.
La Comisión Provincial por la Memoria, sin embargo, cuestiona esa calificación. Para el organismo se trató de un caso de violencia policial y la conducta desplegada por los efectivos no puede ser considerada simplemente negligente o culposa.
La CPM también pone el foco sobre un posible intento de encubrir lo ocurrido. Uno de los puntos que será analizado durante el juicio es la diferencia entre la primera versión policial y los testimonios y demás elementos probatorios que posteriormente fueron incorporados al expediente.
Inicialmente se informó a la fiscalía que Jonathan Paredes estaba alterando al resto de las personas alojadas en los calabozos y que los policías habían intervenido disparando una escopeta hacia el suelo. Según aquella explicación, una posta de goma habría rebotado e impactado accidentalmente en el ojo de Paredes.
Esa reconstrucción, sostiene la querella, entra en contradicción con testimonios incorporados posteriormente y con otras pruebas de la causa, que indican que el disparo habría sido efectuado directamente hacia el lugar donde se encontraba la víctima.
PRENSA LIBRE SN había informado sobre el caso el 6 de agosto de 2024, pocos días después del episodio. La información disponible en aquel momento indicaba que Jonathan Paredes, entonces de 34 años, había ingresado aprehendido a la Comisaría 1.ª, situada sobre calle Rivadavia, luego de un procedimiento realizado por la Policía Local.
Tras resultar herido dentro del calabozo, Paredes fue trasladado al Hospital San Felipe, donde recibió atención por las lesiones que presentaba en el rostro. En las horas posteriores debió concurrir nuevamente a un centro asistencial y allí se determinó que uno de sus ojos se encontraba severamente comprometido. Finalmente perdió la visión y el globo ocular tuvo que ser extirpado.
La investigación judicial también puso bajo análisis la manera en que se informó internamente el episodio. Según había podido establecer este medio en aquel momento, el hecho habría sido comunicado al titular de la Comisaría 1.ª y al jefe departamental recién unas 48 horas después.
Personal judicial se presentó posteriormente en la dependencia para obtener copias de libros y registros de las personas aprehendidas, tomar declaración a quienes estaban alojados allí y entrevistar al personal policial. También se dio intervención a la Auditoría General de Asuntos Internos.
A poco más de dos años del disparo, Antonio Ezequiel Luna y Nicolás Santiago Empedocle llegarán ahora al debate oral acusados de lesiones culposas. A partir del martes, el juicio deberá reconstruir qué ocurrió aquella madrugada dentro de la Comisaría 1.ª y determinar la responsabilidad penal de los dos policías.
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