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La Corte Suprema falló en una causa iniciada por un exdiputado nicoleño

8 octubre 2026 - 12:28

Andrés Quinteros había reclamado la eliminación de una publicación que cuestionaba su patrimonio.

Una presentación judicial impulsada por el exdiputado provincial nicoleño Andrés Quinteros llegó hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación y derivó en un pronunciamiento sobre los límites de la libertad de expresión, la protección de datos personales y las responsabilidades de Facebook en la Argentina.

El máximo tribunal hizo lugar parcialmente a un recurso extraordinario de Facebook Argentina S.R.L. y dejó sin efecto una decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que obligaba a la empresa a proporcionar información para identificar al responsable de una publicación sobre el exlegislador de San Nicolás.

El conflicto comenzó cuando Quinteros presentó una acción de habeas data para solicitar la eliminación de una nota titulada “De chófer a millonario”, difundida en el sitio digital Diario La Única Verdad y compartida en el perfil que ese medio mantenía en Facebook.

La publicación incluía una imagen del exdiputado y motivó el reclamo judicial que, después de atravesar distintas instancias, terminó bajo análisis de la Corte Suprema.

La decisión que favoreció parcialmente a Facebook

La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata había ordenado eliminar el contenido cuestionado y entregar datos vinculados con la registración, el servidor y la dirección IP del usuario responsable de la publicación.

Sin embargo, la Corte consideró que la exigencia de revelar esa información no había respetado las garantías procesales necesarias.

El punto central fue que Quinteros había solicitado originalmente la eliminación de la publicación, pero no la identificación de quien la había realizado.

En consecuencia, imponer posteriormente esa obligación sin permitir una discusión adecuada sobre su procedencia representaba una afectación al debido proceso y a la libertad de expresión.

Por ese motivo, el máximo tribunal revocó parcialmente la sentencia y dejó sin efecto la orden de proporcionar los datos del usuario.

Facebook Argentina deberá responder ante la Justicia

Aunque la empresa consiguió revertir una parte de la condena, la Corte rechazó su planteo para quedar fuera del proceso judicial.

Los jueces Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz coincidieron con el criterio del procurador fiscal Víctor Abramovich, quien había considerado que Facebook Argentina mantiene una relación económica directa con el funcionamiento de la plataforma.

El dictamen sostuvo que las actividades de publicidad, marketing y relaciones públicas desarrolladas por la filial local se benefician del tratamiento de datos personales realizado mediante la red social.

Por lo tanto, la empresa argentina puede ser demandada por obligaciones relacionadas con la Ley N.º 25.326 de Protección de Datos Personales.

El juez Ricardo Lorenzetti también rechazó la falta de legitimación pasiva, aunque desarrolló argumentos vinculados con la confianza que genera la marca y la relación de consumo existente entre la plataforma y sus usuarios.

Un caso de San Nicolás con alcance nacional

La controversia iniciada por Quinteros trascendió el reclamo particular del exdiputado y permitió que la Corte se pronunciara sobre una cuestión de importancia para los medios digitales y las redes sociales.

La resolución establece que Facebook Argentina puede responder judicialmente por cuestiones vinculadas con el tratamiento de datos personales, aunque su estructura tecnológica dependa de una compañía internacional.

Al mismo tiempo, determina que la identificación de usuarios mediante una orden judicial exige respetar las garantías legales correspondientes y no puede incorporarse sin más a un proceso cuyo objeto original era diferente.

El fallo no impide que la Justicia requiera datos de usuarios cuando corresponda legalmente. Lo que exige es que esas medidas se adopten mediante procedimientos adecuados y debidamente fundamentados.

Así, una disputa judicial iniciada por un exlegislador de San Nicolás terminó convirtiéndose en un antecedente relevante para futuros conflictos entre publicaciones periodísticas, derechos individuales y plataformas digitales.


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