19 octubre 2026 - 11:40
El MEAB pidió investigar al magistrado que absolvió a Cabaleyro. La organización vinculada con Arietto.
La absolución de Maximiliano Cabaleyro y otros seis acusados por el conflicto sindical ocurrido en Rey Distribución, en San Pedro, abrió un nuevo capítulo que ya no se desarrolla únicamente en los tribunales penales. Distintos sectores empresariales comenzaron a impulsar denuncias contra el juez Alejandro López, mientras crece la discusión sobre los límites del derecho de huelga y la independencia del Poder Judicial.
Una de las presentaciones fue promovida por el Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB), organización de la que forma parte la legisladora bonaerense de La Libertad Avanza, Florencia Arietto, quien además intervino como representante de los hermanos Gustavo y Ariel Rey durante el juicio oral que terminó con la absolución de los imputados.
Esa doble participación aporta un elemento central para comprender el conflicto: Arietto estuvo vinculada con la parte empresaria durante el proceso penal y también integra una organización que ahora cuestiona formalmente la actuación del magistrado que dictó el fallo.
La denuncia del MEAB, respaldada por su presidente Juan Méndez, fue presentada ante la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la provincia de Buenos Aires. Su objetivo es que se examine si los fundamentos utilizados por López podrían configurar alguna causal de mal desempeño.
La iniciativa se suma a la impulsada por el diputado provincial Manuel Passaglia, del espacio Hechos, quien también cuestionó la absolución. Paralelamente, otro grupo de empresarios prepara una presentación que, según trascendió, busca reunir el respaldo de unas 50 firmas.
De este modo, una sentencia que puso fin al juicio oral sin condenas derivó en una serie de actuaciones destinadas a evaluar la conducta funcional del juez.
El origen del conflicto se remonta a febrero de 2021, cuando trabajadores vinculados con el Sindicato de Camioneros realizaron una protesta frente a las instalaciones de Rey Distribución, en San Pedro. La medida se extendió durante cinco días y dio lugar a una investigación por presuntos delitos de extorsión, coacción y turbación de la posesión.
El expediente llegó al Tribunal Oral en lo Criminal N.º 2 de San Nicolás, donde se analizaron testimonios, documentación contable y las circunstancias en las que se desarrolló el reclamo sindical.
Finalmente, el 14 de octubre, López absolvió a Cabaleyro y a los otros seis imputados. El magistrado consideró que las conductas examinadas debían analizarse dentro del marco del ejercicio de derechos vinculados con la protesta laboral.
La interpretación provocó el rechazo de los propietarios de la distribuidora y de distintas entidades empresariales, que sostienen que una huelga no puede justificar restricciones al ingreso o egreso de personas y vehículos de un establecimiento.
En ese contexto, Ariel Rey expresó públicamente su desacuerdo con la sentencia y cuestionó que las obstrucciones denunciadas fueran consideradas parte de una medida sindical legítima.
La controversia también motivó pronunciamientos de la Unión Industrial Argentina (UIA), la Cámara Argentina de Comercio (CAC) y la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO).
Sin embargo, el paso siguiente fue más allá de las declaraciones públicas: las críticas se transformaron en pedidos para que se investigue la actuación del juez.
El planteo del MEAB no solicita que el Jurado de Enjuiciamiento condene a los trabajadores ni que reemplace al tribunal penal en la valoración de los hechos.
Su pretensión es que se examine si López fundamentó adecuadamente la aplicación del derecho de huelga frente a otros derechos constitucionales, como la propiedad, la circulación y el desarrollo de actividades económicas.
La organización sostiene que debe diferenciarse la legitimidad de una protesta laboral de los métodos utilizados para llevarla adelante.
En particular, cuestiona la interpretación del artículo 34, inciso 4.º, del Código Penal, referido al ejercicio legítimo de un derecho, y considera necesario establecer si el magistrado evaluó suficientemente las consecuencias de las obstrucciones denunciadas.
La presentación invoca tres posibles causales contempladas en el artículo 21 de la Ley 13.661: incompetencia o negligencia demostrada, incumplimiento de deberes funcionales y graves irregularidades en procedimientos judiciales.
No obstante, el propio escrito aclara que una absolución no constituye, por sí sola, una demostración de mal desempeño.
Por eso, solicita que se analice la sentencia completa y, de resultar necesario, las actuaciones del juicio, los testimonios y los argumentos expuestos por las partes.
La denuncia también menciona la Ley 27.802 de Modernización Laboral, aunque reconoce que sus disposiciones no pueden aplicarse retroactivamente a los acontecimientos de febrero de 2021.
La ofensiva empresarial se produce mientras organizaciones vinculadas con el Poder Judicial expresan preocupación por las consecuencias institucionales de impulsar mecanismos de remoción contra magistrados a raíz de sus sentencias.
El Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial bonaerense se pronunció el 16 de octubre, después del anuncio de Passaglia, y recordó que existen procedimientos legales para cuestionar y obtener la revisión de una resolución judicial.
La entidad advirtió que el juicio político es un mecanismo legítimo de responsabilidad, pero no debe transformarse en una herramienta de presión o represalia cuando no existen causales legales que justifiquen la remoción de un juez.
A esa posición se sumó la Asociación de Abogados Penalistas de Rosario, que también manifestó preocupación por las críticas políticas y mediáticas dirigidas contra López y defendió el uso de las vías recursivas previstas por la legislación.
En paralelo, la Fiscalía y la representación de la familia Rey anunciaron que trabajan en apelaciones para intentar revertir la absolución ante la Cámara de Casación.
La discusión presenta, por lo tanto, dos caminos jurídicos diferentes. Por un lado, los recursos destinados a revisar la sentencia penal. Por otro, las denuncias que pretenden determinar si el juez incurrió en alguna conducta que justifique su enjuiciamiento.
La participación de Florencia Arietto conecta ambos escenarios. La legisladora de La Libertad Avanza fue una de las fundadoras del MEAB, representó a la familia Rey durante el juicio y, tras la absolución, adelantó que recurriría el fallo.
Sin embargo, esa vinculación no significa que Arietto haya firmado personalmente la nueva denuncia empresarial, presentada bajo la responsabilidad institucional del movimiento que preside Juan Méndez.
Por el momento, la presentación del MEAB no implica que López haya sido sometido a un juicio político ni que se haya acreditado mal desempeño. Corresponderá a los organismos competentes determinar si existen fundamentos legales para avanzar.
Así, el expediente iniciado por un conflicto sindical en San Pedro continúa generando consecuencias más allá de la absolución de Cabaleyro. Lo que ahora se discute no es solamente cómo interpretar los límites de una protesta laboral, sino también hasta dónde pueden llegar los cuestionamientos contra un juez por el contenido de su sentencia.
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