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Condenaron a Julio De Vido y Daniel Cameron por el caso Odebrecht

23 junio 2026 - 21:05

El Tribunal Oral Federal N°2 los halló culpables de negociaciones incompatibles con la función pública. La maniobra investigada estuvo vinculada a contratos por más de 2.300 millones de dólares para ampliar la capacidad de transporte de gas entre 2006 y 2008.

El exministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Julio De Vido (76), y el exsecretario de Energía de la Nación, Daniel Omar Cameron (72), fueron condenados este lunes a tres años de prisión de ejecución condicional por haber favorecido a la constructora brasileña Odebrecht durante el proceso de adjudicación de las obras de ampliación de los gasoductos operados por Transportadora Gas del Norte (TGN) y Transportadora Gas del Sur (TGS).

La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2, integrado por los jueces Néstor Costabel, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini, quienes además impusieron a ambos exfuncionarios la pena de inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

En la misma resolución, el tribunal condenó al exsubsecretario de Combustibles de la Secretaría de Energía, Cristián Alberto Folgar (55), a dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional, al considerarlo partícipe necesario de las maniobras investigadas.

Por otra parte, los magistrados absolvieron al exgerente general y vicepresidente de CAMMESA, Luis Alberto Beuret (80), y al exsubgerente de la compañía, Julio Armando Bragulat (79).

Los fundamentos completos del fallo serán dados a conocer el próximo 4 de septiembre.

  1. Una causa nacida de las investigaciones por Skanska

El expediente tiene origen en las derivaciones de la investigación por el escándalo de sobornos y sobreprecios vinculados a la empresa sueca Skanska, una causa en la que se detectaron presuntas irregularidades durante la adjudicación de obras destinadas a ampliar la capacidad de transporte de gas en la Argentina.

El juicio oral comenzó el 9 de diciembre de 2025 y analizó hechos investigados inicialmente por la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal N°6, entonces encabezada por Federico Delgado, con intervención del juez federal Daniel Rafecas.

Según la acusación, Julio De Vido, Daniel Cameron, Cristián Alberto Folgar, Luis Beuret, Julio Armando Bragulat y el exsubsecretario de Energía Eléctrica Bautista Jacinto Marcheschi (86) —apartado posteriormente por incapacidad sobreviniente— habrían realizado gestiones incompatibles con sus funciones para favorecer a Constructora Odebrecht S.A.

La fiscalía sostuvo que los funcionarios mantuvieron reuniones privadas con representantes de la empresa brasileña, impulsaron resoluciones y gestionaron expedientes administrativos destinados a direccionar la contratación.

  1. “Un caso de gran corrupción”

Durante los alegatos desarrollados los días 28 y 30 de abril, el fiscal general Diego Luciani, titular de la Fiscalía General N°1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital Federal, sostuvo que los acusados actuaron para beneficiar ilegalmente a la constructora.

Luciani intervino junto al fiscal coadyuvante José Ipohorski Lenkiewicz y la auxiliar fiscal Mariel Susana Dermardirossian, con colaboración de auxiliares de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), organismo conducido por el fiscal Sergio Rodríguez.

Ante el tribunal, Luciani afirmó que estaban frente a “un caso de gran corrupción” y aseguró que los funcionarios involucrados “al amparo de una falsa apariencia de licitud de sus conductas, convergieron en un claro objetivo: beneficiar ilegalmente a la firma Odebrecht”.

Según el representante del Ministerio Público Fiscal, durante el proceso se vulneraron principios esenciales de toda contratación pública, como la transparencia, la competencia entre oferentes y la igualdad de oportunidades.

Se soslayó así los más básicos principios que deben guiar a toda contratación pública”, sostuvo el fiscal.

También remarcó que los acusados “privilegiaron intereses ajenos al bien común con miras de obtener un beneficio propio o de un tercero”.

  1. Una obra de más de 2.300 millones de dólares

La acusación giró en torno a la denominada “Ampliación Gasoductos TGN y TGS obras 2006-2008”, financiada mediante el programa “Fideicomiso Gas”, creado por el Decreto N°180/04 del Poder Ejecutivo Nacional y reglamentado por la Resolución N°185/04 del Ministerio de Planificación, además de recursos asignados por las resoluciones 950/04 y 1436/06 de la Secretaría de Energía.

Luciani sostuvo que se detectó “un claro e inadmisible direccionamiento hacia la empresa Odebrecht” en una contratación pública que involucró una inversión superior a 2.300 millones de dólares.

Al momento de solicitar las condenas, el fiscal afirmó que los imputados “se aprovecharon de sus posiciones estratégicas para darle apariencia de licitud al delito” y aseguró que diseñaron “una verdadera ingeniería burocrática para eludir la Ley de Obras Públicas y así manejar discrecionalmente cuantiosos recursos públicos”.

En otro tramo de su exposición, agregó que los acusados “articularon una verdadera coreografía administrativa para utilizar a CAMMESA como el vehículo puente que conectó a los fondos del Tesoro Nacional con la empresa extranjera beneficiada”.

Con la sentencia ya dictada, el caso suma un nuevo capítulo judicial en uno de los expedientes más relevantes vinculados a las contrataciones de obra pública durante la década pasada y a las ramificaciones locales del escándalo internacional de corrupción protagonizado por Odebrecht en distintos países de América Latina.


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