13 octubre 2026 - 11:48
La Justicia Federal investiga a la firma por presuntas irregularidades en el movimiento de más de 30.000 toneladas de un precursor químico. Detectaron diferencias de stock, camiones sin GPS y depósitos sin habilitación.
Una operatoria portuaria valuada en casi cinco millones de dólares quedó bajo investigación de la Justicia Federal de San Nicolás. La causa involucra a Terminales y Servicios S.A., una empresa dedicada a la logística, y a su presidente, por presuntos incumplimientos en el transporte y almacenamiento de carbonato de sodio, una sustancia de uso industrial que también se encuentra sometida a controles por su posible utilización en la elaboración de estupefacientes.
El expediente dio un paso importante cuando el juez federal Carlos Villafuerte Ruzo aceptó formalizar la investigación penal y ordenó un embargo preventivo de $100 millones sobre el patrimonio de la firma, tal como había solicitado el Ministerio Público Fiscal.
La decisión fue adoptada durante una audiencia en la que intervino el fiscal federal Matías Di Lello. El magistrado también estableció un plazo de un año para completar la investigación.
El origen de la causa se remonta al 12 de junio de 2026, cuando un procedimiento de Gendarmería Nacional permitió detectar presuntas irregularidades en una operación que comprendía 30.038 toneladas de carbonato de sodio, importadas por una empresa minera.
La mercadería, cuyo valor fue estimado en 4.766.252 dólares, debía ser movilizada desde el puerto mediante 31 camiones.
Sin embargo, al analizar la documentación y las condiciones del transporte, los investigadores encontraron situaciones que pusieron en duda el cumplimiento de las exigencias legales para manipular sustancias controladas.
Uno de los datos más relevantes surgió del sistema de seguimiento de los vehículos: 18 de los 31 camiones no tenían activo el GPS. En los restantes se detectaron modificaciones de recorrido que no habían sido informadas.
La Fiscalía también advirtió que parte de los vehículos y sus conductores, pertenecientes a una empresa tercerizada, no figuraban inscriptos en el Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE).
A ello se sumaron traslados realizados sin los remitos comerciales correspondientes y sin el Código de Autorización de Impresión exigido por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Otro punto central de la investigación está relacionado con el almacenamiento de la mercadería.
Según los elementos incorporados al expediente, 2.120 toneladas de carbonato de sodio permanecieron en un depósito de Terminales y Servicios S.A. que no contaba con la habilitación requerida para esa actividad.
El valor de esa carga fue estimado en 337.080 dólares, equivalentes a unos $510,8 millones al tipo de cambio oficial utilizado en las actuaciones.
Los controles también revelaron diferencias entre las cantidades declaradas y las registradas en distintos documentos.
En un caso se detectó un faltante contable de 20 toneladas respecto de los registros aduaneros. En otro, las diferencias alcanzaron las 85 toneladas al comparar información correspondiente a los depósitos.
Además, surgieron inconsistencias entre las fechas de llegada del buque, los pesajes efectuados en el puerto y las declaraciones aduaneras.
La Fiscalía también analiza documentación en la que la carga habría sido identificada como fertilizante, junto con la falta de información requerida sobre contratos comerciales y capacidad de almacenamiento.
Durante la audiencia judicial, los representantes de la empresa solicitaron el archivo de las actuaciones. Argumentaron que los hechos investigados constituían infracciones administrativas y que no correspondía avanzar con una imputación penal.
La firma regularizó posteriormente la inscripción de vehículos y del depósito ante el RENPRE. No obstante, el organismo ya había aplicado una multa administrativa de $504.688 por los incumplimientos detectados.
El juez Villafuerte Ruzo rechazó el planteo de archivo y consideró que existían elementos suficientes para continuar la investigación bajo la figura prevista en el artículo 44 bis de la Ley 23.737, vinculada con la presentación u omisión de información exigida por las autoridades de control de precursores químicos.
La imputación también alcanza a la empresa como persona jurídica, conforme al artículo 27 de la misma normativa.
La resolución no implica una declaración de culpabilidad, sino la apertura formal de una etapa destinada a determinar si existieron conductas penalmente relevantes y quiénes serían sus responsables.
El producto investigado tiene múltiples aplicaciones legales. Se utiliza en la fabricación de vidrio, detergentes y jabones, en el tratamiento de agua y en distintos procesos industriales, incluida la actividad minera vinculada con el litio.
Sin embargo, también puede emplearse en determinadas etapas del procesamiento químico de la cocaína.
Por ese motivo, el carbonato de sodio está incluido en la Lista II de precursores químicos sujetos a fiscalización, lo que obliga a registrar y documentar las operaciones de transporte, almacenamiento y comercialización.
El objetivo de esos controles es permitir que las autoridades conozcan el recorrido de las sustancias desde su ingreso al país hasta su destino final.
En este caso, la investigación no establece que el carbonato de sodio haya sido destinado al narcotráfico. Lo que se busca determinar es si la empresa incumplió deliberadamente las obligaciones legales destinadas a garantizar su trazabilidad.
Con el embargo preventivo de $100 millones ya dispuesto y un plazo de doce meses para investigar, la causa continuará en la Justicia Federal de San Nicolás, donde deberán analizarse los registros comerciales, la documentación aduanera y las responsabilidades de quienes intervinieron en la operatoria.
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