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Viernes 09 de Mayo de 2025
8 agosto 2023 - 08:27
La construcción del juego llamado “El Yaguarón” incumple con la orden judicial de no innovar en la reserva natural.
Nuevamente la Municipalidad de San Nicolás fue denunciada por incumplir una manda judicial. En mayo último, la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, recordemos, amplió la medida cautelar que suspende parcialmente el Código Urbano Ambiental aprobado en el Honorable Concejo Deliberante de San Nicolás por los concejales que responden al intendente Manuel Passaglia. A raíz de ello ratificó la clausura total de los puentes de acceso vehicular a la zona insular y los caminos vehiculares que conducen a las playas “Barranquitas” y “El Arenal”. La suspensión del Código Urbano Ambiental implica la prohibición de obras en la reserva natural Parque Rafael de Aguiar, inclusive, la construcción e instalación del juego recientemente inaugurado, llamado “El Yaguarón”.
La Municipalidad de San Nicolás presentó una apelación extraordinaria al fallo mencionado y la semana última le fue rechazada, a pesar de ello, se inauguró el gigantesco juego.
Organismos de protección ambiental, a través de sus abogados, pusieron en conocimiento de la Corte esta nueva violación de la manda judicial. En dialogo con el representante legal de FOMEA, Dr. Fabián Maggi, Prensa Libre SN pudo saber que “nosotros no estamos en contra del juego en sí, pero no es para que se establezca en ese lugar que es una reserva natural”. El letrado agregó que ese “No es el lugar apropiado para hacerlo, no se puede poner en esa zona porque la Corte prohibió las obras”.
La construcción e instalación del nuevo atractivo que, además, fue inaugurado en plena veda de obra pública con la presencia de Manuel y Santiago Passaglia, conllevó movimiento de suelo, la edificación de una platea de hormigón o cemento y otros trabajos expresamente prohibidos por el órgano de Justicia.
Todo este proceso de construcción fue documentado por la parte denunciante y posteriormente fue adjuntado al expediente.
Ahora habrá que esperar a ver si en San Nicolás el Gobierno sigue desobedeciendo las disposiciones de la Justicia o si alguna vez las respetará…
Qué dice la ley electoral sobre la veda de obra pública
El artículo 64 del Código Nacional Electoral establece taxativamente la prohibición concreta: “Queda prohibido durante los veinticinco días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las elecciones primarias, abiertas y simultáneas, y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales, o de las agrupaciones por las que compiten”.
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