Porque nada queda oculto
Viernes 27 de Junio de 2025
7 mayo 2023 - 12:28
El Dr. Rubén Andino despejó algunas dudas que les surgen a los nicoleños afectados por las fotomultas “ilegales”. En muchos casos el Juzgado de Faltas no notificó en tiempo y forma o, directamente, no notificó al ciudadano, ¿qué papel le cabe a la Defensoría del Pueblo? Todos los detalles en la nota.
Como es de público conocimiento, el Dr. Rubén Andino viene siguiendo de cerca el tema de las fotomultas “ilegales”, que envía la Municipalidad de San Nicolás a diferentes nicoleños, por medio del Juzgado de Faltas.
Ante dicha situación, Prensa Libre SN se contactó con Andino para que despeje algunas de las dudas que tienen los vecinos de la ciudad.
PL: Con todo este tema de las fotomultas que está enviando la Municipalidad y que están recibiendo miles de nicoleños, ¿cuál es la manera de proceder si considero que la multa que me llegó no corresponde?
RA: Si la multa te llega después de los 60 días hábiles de haber cometido la supuesta infracción, la ley provincial dice que es nula de nulidad absoluta. 60 días hábiles son tres meses más o menos.
Después, si nunca te notificaron de esa de esa transgresión para que vos puedas hacer tu descargo también la ley dice que es nula de nulidad absoluta porque no pudiste ejercer tu derecho de defensa, artículo 18 de la Constitución Nacional y 15 de la Constitución Provincial. Si supuestamente fuiste notificado en tiempo y en forma y hubieras podido hacer tu descargo, hay que entrar a considerar las cámaras, si son cinemómetros o son cámaras de esta de videovigilancia, porque estas cámaras tienen dos homologaciones, una homologación primaria y una homologación periódica: la homologación periódica se tiene que hacer una vez por año, si no se hace, la ley dice que la multa es nula de nulidad absoluta
PL: ¿Cómo sé como ciudadano, qué cámara me filmó o me fotografió supuestamente cometiendo la infracción, cómo puedo diferenciarlo?
RA: Porque en la notificación que se te hace los datos que tienen que figurar son: la foto de tu automóvil, la cámara que sacó la foto, la homologación primaria, la homologación periódica, esos datos tienen que estar. Si esos datos no están, la fotomulta es nula de nulidad absoluta.
PL: Charlando con remiseros contaban que se encuentran con un problema muy común, van cruzando y el semáforo del verde pasa automáticamente al rojo, no tienen la transición del amarillo, por ende cuando los fotografían, el vehículo ya cruza en rojo, ¿cómo se defiende el conductor?
RA: Habría que juntar alguna prueba que con un simple celular se puede, donde se puedan ver los tiempos entre el cambio, ahí hay que juntar una prueba de esa naturaleza, y si la tenés, adjuntarla al descargo (filmar el semáforo)
PL: Hay otro tema con el que mucha gente se ve perjudicada, porque les impiden la renovación del carnet por una multa impaga de la cual se enteraron en el momento que fueron a renovar.
RA: Eso es atacado por inconstitucional porque te están negando tu derecho a defensa… Pero si vos lo aceptás, es válido.
PL: Lamentablemente hay gente que lo termina por aceptar porque necesita sí o sí renovar el carnet.
RA: Ahí está la extorsión, artículo 168 del Código Penal de la Nación: funcionario público me obliga a entregarle dinero para permitirme continuar con las diligencias administrativas, extorsión.
PL: ¿Cómo hace un simple ciudadano de San Nicolás, para ir en contra el Juzgado de Faltas ante una situación de estas? ¿Tenemos herramientas para defendernos?
RA: Hay un organismo que fue creado tanto en la Nación como en la Provincia de Buenos Aires que se llama Defensoría del Pueblo, una de las funciones principales del Defensor del Pueblo, es la de representarte ante la violación de algunos de tus derechos, si a vos por ejemplo te están exigiendo que pagues, sino no podés continuar con la renovación del carnet, (una multa que vos no cometiste), entonces ahí se está violando tu derecho de defensa, ahí tiene que intervenir la Defensoría del Pueblo en tu representación y solucionarte el tema vía administrativa o vía judicial. Sucede que acá no lo hace eso la Defensoría del Pueblo, porque le bajaron línea desde la Defensoría del Pueblo de La Plata de que no ataquen administrativamente a la municipalidad, por eso no actúan.
PL: ¿Cuándo una multa queda firme para negar la renovación del carnet, cuándo se considera firme?
RA: Cuando vos hiciste un descargo y el Juez de Faltas ratificó la sanción y vos no la apelaste. Para apelar tenés cinco días, si no apelás en ese transcurso la multa queda firme, y si apelás, eso pasa al ámbito administrativo municipal y pasa a la justicia correccional que va a ser, en definitiva, quién va a resolver sobre el particular. Si la justicia resuelve en favor de la Municipalidad, recién ahí la multa queda firme.
PL: Hay otros casos donde el ciudadano apeló en tiempo y forma y nunca más le notificaron si fallaron a favor o en contra, y ahora les llega esta intimación de pago que envía un estudio jurídico en representación de la Municipalidad, ¿qué hay que hacer en este caso?
RA: En ese caso hay que rechazar la intimación del estudio jurídico porque si no recibiste ninguna notificación de parte de la justicia correccional quiere decir que esa multa no está firme. Porque la apelación en este caso tiene efectos suspensivos, que suspende la imputación que te hacen, hasta tanto la Justicia resuelva sobre particular.
En principio tenés que firmar en disconformidad y hacer reserva de derechos. Se pone: “me notifico en disconformidad y hago expresa reserva de derechos” y después firmar. Una vez que hiciste eso, lo estás haciendo disconformidad. Una vez recibida la notificación tenés los tiempos establecidos por la ley para hacer la apelación porque cuando te notifican de un estudio jurídico sigue siendo administrativo, porque son organismos que trabajan para la Municipalidad pero que todavía no hay una sentencia firme sobre el particular. Salvo que te notifiquen de una multa que no cometiste, pero que no la rechaces, que se te pasen los tiempos entonces ahí va a quedar firme también la multa.
PL: ¿Si la Justicia Correccional jamás me notificó de nada?
RA: Si vos la apelaste, el Juez de Faltas tiene la obligación de mandarlo a la justicia correccional, siempre y cuando lo hayas hecho en los tiempos que establece la ley, entonces la justicia correccional va a resolver.
De todas maneras, este es un tema que lo tiene que solucionar en forma colectiva la Defensoría del Pueblo, cosa que no está haciendo. Y eso es importante, es importante porque es un organismo que está creado para eso, y además le estamos pagando para eso. Y eso es muy importante, porque ahí la Defensoría no está cumpliendo con sus deberes de funcionario público. O sea que por ahí le cabe una denuncia tanto a la municipalidad como a la propia Defensoría.
Lo que sucede es que esta gente, tiene el poder momentáneo de detenerte la dirigencia administrativa para que vos no puedas continuar tramitando el carnet de conductor y mientras tanto se te vence y vos no podés circular. Entonces ahí te ejercen la extorsión, explicó Andino.
Si usted está atravesando por una situación similar puede contactarse con el Dr. Rubén Andino al 3364625124.
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