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Sábado 19 de Julio de 2025
19 julio 2022 - 19:43
En el Boletín Oficial de la República Argentina de hoy se publicó la resolución 116/2022 mediante la cual el Gobierno Nacional decidió que la Municipalidad de San Nicolás ya no sea el organismo encargado de la custodia del predio del Batallón.
El extenso texto detalla “incumplimientos por parte del Municipio local, destacando la demolición de CINCO (5) edificios y la extensión del predio alambrado en mayor superficie a la otorgada en custodia”, entre otras cuestiones como la violación a los permisos de obra concedidos. Sin dejar pasar, naturalmente, que el lugar forma parte de la memoria del pueblo argentino ya que “el sitio en cuestión se encuentra alcanzado por la Ley N° 26.691 por la cual se declaró Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado”.
Ahora resta aguardar como continuará el litigio, si es que la Municipalidad de San Nicolás decide respetar esta disposición. Recordemos que en el presente el Ejecutivo local se encuentra violando el último fallo del máximo tribunal de Justicia bonaerense al continuar con los trabajos en el Parque Aguiar y zonas aledañas (https://www.prensalibresn.com/noticias/reves-judicial-para-el-intendente-passaglia-y-sus-concejales/)
A continuación citamos parte del Decreto:
“Que la Cláusula Sexta del Acta referida establece que la MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS se obliga a restituir los inmuebles entregados en la oportunidad que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO lo requiera, en los términos de los artículos 1358, 1359, 1363 y 1364 del Código Civil y Comercial de la Nación, sin que ello genere derecho a compensación o indemnización alguna a su favor, en concepto de daños y perjuicios, daño emergente ni lucro cesante, ni por cualquier otro concepto.
Que la DIRECCIÓN DE INMUEBLES, RESERVAS E INFRAESTRUCTURA del MINISTERIO DE DEFENSA a través del informe IF-2021-50166278-APN-DIREI#MD de fecha 4 de junio de 2021 señaló una serie de incumplimientos por parte del Municipio local, destacando la demolición de CINCO (5) edificios y la extensión del predio alambrado en mayor superficie a la otorgada en custodia.
Que además, la citada Dirección señala que el sitio en cuestión se encuentra alcanzado por la Ley N° 26.691 por la cual se declaró Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado a los lugares que funcionaron como centros clandestinos de detención, tortura y exterminio o donde sucedieron hechos emblemáticos del accionar de la represión ilegal desarrollada durante el terrorismo de Estado ejercido en el país hasta el 10 de diciembre de 1983.
Que la MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS en fecha 19 de julio de 2019 solicitó autorización para desmontar un muro y construir un nuevo cerramiento de tipo olímpico, con mallas galvanizadas, entre los tramos de las calles Rivadavia entre San Lorenzo y Cochabamba y Cochabamba entre Rivadavia y Colón.
Que por Nota NO-2019-66351136-APN-DAC#AABE de fecha 22 de julio de 2019 esta Agencia procedió a la autorización correspondiente a dichos trabajos. Posteriormente, habiéndose efectuado distintas fiscalizaciones se verificó el desmantelamiento de galpones y depósitos, así como la apertura de calles circundantes, sin constar que se hayan autorizado dichos trabajos.
Que el inciso 19 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12 y los artículos 36 y 37 del Anexo del Decreto Nº 2.670/15 reglamentario del citado Decreto Nº 1.382/12, establecen que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá desafectar aquellos bienes inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL que se encontraren en uso y/o concesionados, cuando de su previa fiscalización resultare la falta de afectación específica, uso indebido, subutilización o estado de innecesariedad, teniendo en consideración las competencias, misiones y funciones de la repartición de origen, como así también, la efectiva utilización y/u ocupación de los mismos.
Que conforme lo expuesto, resulta procedente en esta instancia dejar sin efecto los artículos 2º y 4º de la Resolución Nº 250 de fecha 13 de agosto de 2018 (RESFC-2018-250-APN-AABE#JGM), por la cual se entregaron en custodia gratuita a la MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS DOS (2) inmuebles ubicados sobre Avenida Bernardo Rivadavia S/Nº, de la Localidad SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS, Partido SAN NICOLÁS, Provincia de BUENOS AIRES y revocar por razones de oportunidad, mérito y conveniencia el ACTA DE ENTREGA EN DEPÓSITO GRATUITO AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO / MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS (CONVE-2018-43537944-APN-DMEYD#AABE), suscripta en fecha 3 de septiembre de 2018.
Que asimismo, corresponde en esta instancia desafectar de la jurisdicción del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO el sector del inmueble identificado con el CIE Nº 0600410164/3 y asignarlo en uso al MINISTERIO DE DEFENSA – ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, conjuntamente con los sectores correspondientes a los CIE Nº 0600321791/4 y Nº 0600321821/4 en jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que la presente se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo, con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas.
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Déjanse sin efecto los artículos 2º y 4º de la Resolución Nº 250 de fecha 13 de agosto de 2018 (RESFC-2018-250-APN-AABE#JGM) de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, respecto de DOS (2) bienes inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicados en la Avenida Bernardo Rivadavia y calles San Lorenzo, Cristóbal Colón y Cochabamba, Localidad SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS, Partido SAN NICOLÁS, Provincia de BUENOS AIRES, siendo el primero de ellos identificado con el CIE Nº 600321791/1 con la siguiente nomenclatura catastral: Partido 98 – Circunscripción 1 – Sección C – Manzana 181 – Parcelas 1 y 2, Partido 98 – Circunscripción 1 – Sección D – Fracción 1 – Parcelas 6 y 7 y Partido 98 – Circunscripción 1 – Sección C – Manzana 180 – Parcelas 1 a 36, contando con una superficie aproximada de CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (59.407,56 m2) y el segundo identificado con el CIE Nº 0600321821/1 con la siguiente nomenclatura catastral: Partido 98 – Circunscripción 1 – Sección D – Manzana 287A – Parcela 1 y Partido 98 – Circunscripción 1 – Sección D – Manzana 291A- Parcelas 1 a 31, contando con una superficie aproximada de TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (33.489,45 m2), que sumados ambos inmuebles totalizan una superficie aproximada de NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON UN DECÍMETRO CUADRADO (92.897,01 m2), según se detalla en el croquis PLANO-2018-36666210-APN-DNRBI#AABE, que como ANEXO I formó parte integrante de la referida medida.
ARTÍCULO 2º.- Revócase por razones de oportunidad, mérito y conveniencia el ACTA DE ENTREGA EN DEPÓSITO GRATUITO AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO / MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS (CONVE-2018-43537944-APN-DMEYD#AABE), suscripta entre la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y la MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS en fecha 3 de septiembre de 2018.
ARTÍCULO 3º.- Desaféctase de la jurisdicción del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO el sector del bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la Avenida Bernardo Rivadavia S/N°, Localidad SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS, Partido SAN NICOLÁS, Provincia de BUENOS AIRES, identificado como CIE Nº 0600410164/3 con una superficie de QUINCE MIL NOVECIENTOS UN METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO DECÍMETROS CUADRADOS (15.901,18 m2).
ARTÍCULO 4º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE DEFENSA – ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, el sector mencionado en el Artículo 3º, en conjunto con los DOS (2) sectores del bien inmueble ubicado en la Avenida Bernardo Rivadavia y calles San Lorenzo, Cristóbal Colón y Cochabamba, Localidad SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS, Partido SAN NICOLÁS, Provincia de BUENOS AIRES; identificados catastralmente como Partido 98 – Circunscripción I – Sección D – Manzana 287A – Parcela 1 (Parte), Partido: 98 – Circunscripción I – Sección D – Fracción I – Parcela 6 (Parte), Partido: 98 – Circunscripción I – Sección D – Fracción I – Parcela 7 (Parte), Partido: 98 – Circunscripción I – Sección C – Manzana 181 – Parcela 1 (Parte), Partido: 98 – Circunscripción I – Sección C – Manzana 181 – Parcela 2 (Parte), Partido 98 – Circunscripción I – Sección C – Manzana 180 – Parcelas 1 al 36 , correspondientes al CIE Nº 0600321791/4 con una superficie de TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (33.407,76 m2) y al CIE Nº 0600321821/4 con una superficie de TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (3.588,07 m2), ascendiendo todos los sectores a una superficie de terreno total aproximada de CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON UN DECÍMETRO CUADRADO (52.897,01 m2), individualizados en el croquis que como ANEXO (IF-2022-42947678-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida, con el objeto de destinarlos a la ampliación y traslado para apoyo del Cuartel de la DIV EJ 1 del EJÉRCITO ARGENTINO.
ARTÍCULO 5º.- Hágase saber al MINISTERIO DE DEFENSA – ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO que se deberán materializar todas las medidas necesarias para garantizar la custodia, manutención y preservación del inmueble asignado en la presente medida”.
Texto completo: