19 octubre 2026 - 07:51
Piden reabrir una investigación por presunta contaminación ambiental vinculada con el traslado y almacenamiento de productos químicos.
Una denuncia por presuntos derrames de productos químicos en las inmediaciones del Puerto de San Nicolás volvió a cobrar relevancia judicial. El abogado Gabriel Godoy solicitó el desarchivo de una causa penal iniciada en febrero de este año y reclamó que se profundice la investigación sobre las actividades de la empresa Terminales y Servicios S. A., el posible almacenamiento irregular de sustancias y la intervención de funcionarios municipales.
La presentación está dirigida al fiscal Julio Tanús, de la UFI Nº 3 del Departamento Judicial San Nicolás, y corresponde a la investigación penal preparatoria iniciada por una presunta infracción a la Ley Nacional 24.051 de Residuos Peligrosos.
El planteo busca que la Justicia retome las actuaciones y examine documentación que, según el denunciante, no recibió suficiente atención durante la investigación original.
El conflicto se remonta al 30 de enero de 2026, cuando Godoy advirtió la presencia de una importante cantidad de material que describió como fertilizante derramado sobre Av. Román Subiza, en el trayecto que conecta el sector portuario con otros puntos de la ciudad.
De acuerdo con su denuncia, la sustancia se encontraba esparcida a lo largo de varias cuadras, desde las inmediaciones de calle Pombo hasta Ponce de León, con acumulaciones particularmente visibles sobre la calzada.
El abogado sostuvo que no se trataba de un episodio aislado, sino de una situación que, según sus observaciones, se repetía con frecuencia durante el transporte de materiales desde el puerto.
En su presentación original, fechada el 2 de febrero, pidió investigar la posible responsabilidad de Terminales y Servicios, empresa a la que vinculó con las tareas de limpieza posteriores al episodio.
Según relató, cuando regresó al lugar para documentar lo ocurrido encontró personas barriendo el material, una camioneta identificada con la firma y personal municipal. Entre los presentes mencionó al agente Flavio Oggeros.
La denuncia también puso el foco en unos galpones ubicados sobre Colón al 600, cerca de Cochabamba, en el barrio Cavalli, donde anteriormente funcionaba una fábrica de productos envasados.
Godoy pidió determinar si en esas instalaciones se almacenaban sustancias químicas y, en caso afirmativo, establecer su naturaleza, procedencia, peligrosidad y las condiciones de habilitación y seguridad del establecimiento.
Uno de los aspectos que motivó la presentación fue la proximidad de zonas residenciales y establecimientos educativos, entre ellos la Escuela Nº 17.
El denunciante manifestó preocupación por las consecuencias que la dispersión de partículas podría tener sobre los vecinos. También mencionó molestias como irritación, ardor ocular y sequedad de garganta, aunque la documentación aportada no incluye estudios médicos o pericias ambientales que permitan establecer una relación causal entre esos síntomas y el material denunciado.
La causa fue archivada, circunstancia que ahora motivó una nueva presentación del abogado.
En el pedido de reapertura, Godoy sostiene que la investigación no habría profundizado suficientemente en el origen del derrame ni en las actividades desarrolladas en los galpones señalados.
Sus cuestionamientos alcanzan particularmente al funcionario municipal Oscar Osvaldo Rodríguez, perteneciente a la Subsecretaría de Contralor, cuya intervención aparece mencionada en el escrito.
Según la reconstrucción realizada por el denunciante, Rodríguez declaró que se había comunicado con la empresa para solicitar colaboración en la limpieza de la sustancia encontrada sobre la vía pública.
Godoy rechaza esa explicación y considera que la presencia de vehículos y operarios de Terminales y Servicios debía investigarse como un posible indicio de responsabilidad en el episodio, en lugar de interpretarse únicamente como una colaboración.
El abogado también cuestiona que el hecho haya sido caracterizado como un «derrame menor», expresión que atribuye al funcionario municipal.
Para el denunciante, esa valoración no contempla la reiteración de episodios que afirma haber observado ni la necesidad de determinar técnicamente qué material quedó depositado sobre la calle.
En el escrito también menciona a la ingeniera ambiental Camila Fernández y plantea interrogantes sobre las medidas de control adoptadas por el Municipio.
Sin embargo, los señalamientos formulados por Godoy constituyen cuestionamientos del denunciante y no acreditan, por sí mismos, incumplimientos de los deberes de los funcionarios mencionados.
La presentación incluye críticas a las tareas investigativas atribuidas a los funcionarios policiales Santiago Bergaglio, Juan M. Burela y Gabriel Bossio. Godoy considera que las diligencias fueron insuficientes frente a la documentación que afirma haber incorporado al expediente.
Entre los elementos que solicita agregar se encuentran fotografías tomadas el 4 y el 5 de octubre, en las que, según describe, se observan nuevos derrames y movimientos de camiones hacia el predio del barrio Cavalli.
También menciona vehículos identificados con la empresa Servicios Portuarios, a la que vincula comercialmente con Terminales y Servicios.
El denunciante sostiene que estos registros justifican nuevas medidas para determinar el recorrido de los transportes y comprobar si existe almacenamiento de productos químicos en el establecimiento señalado.
Otro de los argumentos incorporados al pedido de desarchivo es una investigación federal relacionada con presuntas irregularidades en el control de un precursor químico.
Godoy cita una publicación oficial del Ministerio Público Fiscal de la Nación referida a una investigación contra una empresa por el manejo de carbonato de sodio.
En su escrito vincula esos antecedentes con Terminales y Servicios y con Juan Manuel Ondarcuhú, a quien identifica como propietario de la firma.
No obstante, la existencia de una investigación sobre precursores químicos no demuestra que el material derramado en Av. Román Subiza fuera esa misma sustancia, que se hubiera almacenado ilegalmente en el barrio Cavalli ni que se haya producido contaminación ambiental. Esos extremos requieren comprobaciones específicas.
La nueva presentación insiste en que la investigación debe esclarecer qué productos circulan por la zona, bajo qué condiciones son transportados y qué controles realizan los organismos competentes.
El pedido también recupera una solicitud formulada en la denuncia original: que se evalúe una medida cautelar para impedir actividades de transporte o acopio que pudieran representar un riesgo, hasta determinar si se cumplen las condiciones legales y ambientales correspondientes.
Godoy fundamenta su reclamo en el derecho a un ambiente sano reconocido por el artículo 41 de la Constitución Nacional y el artículo 28 de la Constitución bonaerense.
El expediente plantea así interrogantes que exceden el episodio puntual de enero. La identificación del material derramado, la eventual existencia de sustancias almacenadas en el barrio Cavalli, las habilitaciones correspondientes y el alcance de las inspecciones municipales aparecen entre los aspectos que el denunciante considera pendientes.
También reclama establecer si la documentación fotográfica y los testimonios reunidos justifican nuevas diligencias judiciales.
Por el momento, los documentos examinados permiten confirmar la existencia de la denuncia penal y del escrito que solicita su desarchivo, pero no acreditan que la Justicia haya dispuesto la reapertura de la causa.
La decisión sobre la continuidad de las actuaciones corresponde a la UFI Nº 3, que deberá evaluar los argumentos y elementos aportados.
Mientras tanto, el planteo vuelve a instalar una cuestión de interés público para San Nicolás: qué controles se realizan sobre el movimiento de productos químicos desde el puerto, cómo se interviene ante los derrames denunciados y qué información reciben los vecinos de los sectores potencialmente afectados.
La investigación está identificada como IPP PP-16-00-001275-26/00, caratulada por presunta infracción a la Ley Nº 24.051 de Residuos Peligrosos.
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