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El Tonelero: un fallo obliga a una empresa a reparar años de daño ambiental

26 septiembre 2026 - 09:57

La Justicia ordenó a Naviera Lojda S.A. detener las intervenciones y recomponer el sector afectado. Una pericia determinó que unas dos hectáreas de humedal quedaron sepultadas bajo aproximadamente 60.000 m³ de relleno.

Imagen: Era Verde

Después de años de discusión judicial sobre lo ocurrido en El Tonelero, partido de Ramallo, la causa ingresó en una etapa decisiva. La Justicia ordenó a Naviera Lojda S.A. cesar las actividades que afecten los bañados y humedales ubicados junto a su planta y avanzar con la recomposición del ambiente alterado.

La resolución fue dictada por el juez Fernando Alberto Enghelmayer, titular del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 6 del Departamento Judicial San Nicolás, dentro del expediente “Arregui Agustín Lázaro y otros c/ Naviera Lojda S.A. s/ Amparo”. Además de disponer el cese de las intervenciones, estableció un plazo máximo de un año para desarrollar las tareas de recuperación, bajo supervisión del Ministerio de Ambiente bonaerense.

El pronunciamiento adquiere especial relevancia al observar la magnitud de la transformación documentada durante el proceso. Una pericia ambiental incorporada al expediente estimó que aproximadamente 20.000 metros cuadrados de un sector costero fueron rellenados con unos 60.000 metros cúbicos de material.

El estudio, presentado judicialmente en diciembre de 2019, estuvo a cargo del ingeniero en Seguridad Ambiental Guillermo Eduardo Cuadranti. Su trabajo permitió reconstruir cómo era el terreno antes de la intervención y qué modificaciones se habían producido.

Se trataba de un espacio bajo, alcanzado naturalmente por las crecidas y con vegetación característica de los bañados y humedales de la costa del Paraná. La documentación analizada también ubicó parte de la superficie intervenida dentro del dominio público fluvial.

Las dimensiones permiten entender la escala de la modificación: el relleno habría alcanzado unos 190 metros en sentido paralelo al río y avanzado aproximadamente 130 metros hacia el Paraná. En determinados sectores, la capa incorporada tenía entre 2,50 y 3,50 metros de altura.

Un ecosistema que quedó debajo del relleno

    La conclusión ambiental de aquella pericia fue categórica. Cuadranti determinó que “todo el ecosistema existente antes del relleno se perdió”.

    La vegetación autóctona quedó cubierta y las condiciones originales del terreno fueron modificadas. Respecto de la fauna que habitaba ese ambiente, el especialista consideró posible que parte se hubiera desplazado hacia otros humedales cercanos que no habían sido intervenidos.

    El expediente muestra, además, que las advertencias sobre la transformación del lugar comenzaron varios años antes de la pericia.

    En 2013, la Autoridad del Agua de la provincia de Buenos Aires ya había registrado trabajos de relleno sobre terrenos vinculados al dominio público. Ese antecedente terminó formando parte de la documentación posteriormente evaluada en sede judicial.

    Durante la inspección pericial también se constató que el terreno rellenado estaba cercado. En el lugar había incluso un cartel que lo identificaba como propiedad privada y prohibía el ingreso, mientras que las actuaciones administrativas incorporadas al expediente señalaban la presencia de terrenos correspondientes al dominio público fluvial.

    Recuperar el lugar implica retirar miles de camiones de material

      La nueva resolución judicial abre ahora el capítulo posiblemente más complejo del expediente: cómo recuperar un ambiente cuya topografía fue profundamente modificada.

      La pericia de Cuadranti había trazado años atrás una posible hoja de ruta. Entre las tareas planteadas aparece la extracción de los aproximadamente 60.000 m³ de relleno, hasta alcanzar nuevamente los niveles originales del terreno.

      El volumen permite dimensionar el desafío: no se trataría simplemente de retirar una capa superficial. La recomposición requeriría maquinaria pesada, camiones para trasladar el material extraído y una planificación específica para evitar nuevas afectaciones durante los trabajos.

      El informe también contempló retirar cerramientos y especies incorporadas al terreno para luego iniciar la recuperación de la vegetación autóctona. Para esa instancia recomendó desarrollar un programa específico de restauración con intervención de especialistas.

      La sentencia establece ahora que la empresa deberá presentar y ejecutar un plan de recomposición ambiental, con seguimiento del Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires.

      De probar el daño a intentar revertirlo

        El expediente comenzó en 2012. Desde entonces acumuló inspecciones, informes administrativos, estudios técnicos y una pericia que terminó poniendo números a una transformación que llevaba años siendo denunciada en Ramallo.

        La discusión judicial tampoco estuvo limitada al relleno. Durante la evaluación ambiental se realizaron mediciones acústicas mientras funcionaba la planta y se descargaba arena desde una embarcación. El resultado llevó al perito a considerar que el nivel registrado podía calificarse como “Ruido Molesto al Vecindario”.

        Ahora, el centro de la causa cambió.

        Durante años la controversia estuvo puesta en determinar qué había ocurrido en ese tramo de la costa y cuál había sido el alcance de la intervención. La sentencia introduce una obligación concreta: cesar las afectaciones y trabajar sobre la recuperación del humedal.

        La incógnita que queda abierta es considerable. Debajo de miles de metros cúbicos de material existió un ambiente que la propia pericia judicial consideró perdido. El desafío ya no será demostrar qué pasó en El Tonelero, sino establecer cuánto de aquel humedal puede realmente recuperarse.


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