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Ya no habrá detenidos en la dependencia de Tráfico de Drogas Ilícitas y Crimen Organizado.

24 marzo 2021 - 21:03

Se debe a un habeas corpus presentado por la defensora oficial, Dra. Celina Berterame, bregando por los derechos de las personas detenidas.

Desde el pasado 20 de marzo comenzó a resonar en toda la zona norte de la provincia de Buenos Aires la respuesta que el Tribunal en lo Criminal Nº 2 de San Nicolás dio ante un habeas corpus que presentó la Sra. Defensora Oficial, Dra. Celina Berterame, por las condiciones de detención en las que se encontraban las personas más alojadas en la Delegación Departamental de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas y Crimen Organizado de San Nicolás, a cargo del comisario, Gabriel Saldaña.

La Dra. Berterame, en su presentación, manifestó que el día 16 de marzo del corriente se comunicó telefónicamente con una detenida alojada en la dependencia policial antes mencionada y que, la misma, le detalló las condiciones en las cuales se encontraban ella y otras doce personas alojadas allí. La denuncia de la privada de la libertad fue, posteriormente, constatada por personal judicial en una visita a la dependencia policial a cargo del Crio. Saldaña.

“Las oficinas son de aproximadamente 3X2 metros, donde no tienen espacio suficiente para circular, no tienen ventilación, baño ni agua corriente. Para sus necesidades fisiológicas deben pedir permiso al guardia hasta las 23:00 horas, hora a partir de la cual tienen que hacer sus necesidades en un balde o una botella hasta las 8:00 horas del día siguiente. Tampoco reciben viandas, ni visitas”, señaló la descripción que realizó uno de los agentes de justicia que visitó la Departamental, lo cual fue acompañado por la presentación de cinco fotografías ilustrativas sobre las condiciones de detención, todo ello, presentado ante el Tribunal en lo Criminal Nº 2 y, por lo cual, el mismo decidió hacer lugar al pedido de la Dra. Berterame, fallando en favor del inmediato traslado de los/as detenidos/as a dependencias aptas para el alojamiento.

Cortando el hilo por lo más fino:

Hasta ahí está perfecto, todos sabemos que las leyes de nuestro país están en favor de los DDHH y que la Nación adhiere a diferentes tratados internacionales que velan por la integridad física, psíquica y emocional de las personas detenidas y por los derechos elementales de estas.

Lo que se nos ocurre preguntar es si alguien tomó en cuenta que la responsabilidad del correcto alojamiento de los detenidos no es exclusiva responsabilidad de la Policía, sino más bien de los Jueces de Garantías. De hecho, las comisarías no deben de alojar privados de la libertad si no es de forma transitoria, para el alojamiento permanente están las cárceles de nuestro país. Por otra parte ¿Alguien se preguntó cuántas dependencias policiales están habilitadas para albergar detenidos en la región? La respuesta es que en San Nicolás solo la Comisaría Primera está facultada y que la más próxima se encuentra en San Pedro, esto debido a diferentes recursos presentados por las Defensorías que velan por el bienestar de los detenidos y por la falta inversión en el área por parte del Poder Ejecutivo.

Hay que tener en cuenta, además, que cada vez que ingresa un detenido a las dependencias policiales, los Jefes ponen de inmediato en conocimiento al Juez de Garantías interviniente y es este el que debe disponer qué hacer con el reo, es decir, si permanece detenido corresponde buscarle alojamiento en un penal, cosa que en la práctica es utópica, ya que de no ser así las personas con Prisión Preventiva no estarían alojadas en dependencias policiales debido a la falta de celeridad del Poder Judicial y la nula o tardía respuesta de los jefes penitenciarios.

Por el caso que presentó la Dra. Berterame, el comisario Saldaña señaló en una audiencia virtual que la dependencia a su cargo “no está habilitada para tener detenidos. Que ha improvisado colocando de forma provisoria rejas por seguridad en una oficina, para no tener a una persona esposada en un banco por cuarenta y cinco días. Dijo que informó al Juzgado de Garantías que esas personas no pueden estar en esa dependencia debido a que no están en condiciones para hacerlo. El Dr. López (Juez) le consultó de donde había obtenido los recursos para colocar la reja, a lo que respondió el Sr. Saldaña que de su bolsillo”.

El asesor letrado que asistió al comisario informó en la audiencia, además, que “Desde el año 2018 que hacen saber a los Juzgados de Garantías que esa dependencia no está en condiciones de tener detenidos debido a que no tienen personal, carecen de calabozos, no tienen sanitarios disponibles y no tienen capacidad operativa para mantenerlos”. A esto el Comisario agregó que “colocó la reja por seguridad y que el mismo le provee a los detenidos elementos de limpieza, de higiene personal y alimentos. Al finalizar, agregó que no le dan viandas, sino que ha puesto una heladera de su propiedad para que los detenidos puedan guardar alimentos”.  Por otra parte, Saldaña, expresó que “las dependencias de la Jefatura departamental de Seguridad no admiten a los detenidos provenientes de causas en las que interviene la dependencia a su cargo”, por lo cual, uno puede preguntarse ¿Qué se hace con los detenidos cuando no los admiten en otras dependencias y el Juez de Garantías no les asigna alojamiento?

Responsabilidades:

La propia Dra. Berterame señala que “es el Estado quien se encuentra en una especial posición de garante con las personas privadas de libertad y tiene por lo tanto la responsabilidad de asegurar a aquellas personas bajo su control las condiciones que les permitan retener un grado de dignidad consistente con sus derechos humanos inherentes e inderogables”, aunque, ¿Cuándo el Estado bregó por estos derechos de las personas detenidas? Sabiendo que las cárceles, en primer lugar, están superadas en su capacidad de alojamiento llevando a los detenidos a sobrevivir en condiciones inhumanas de hacinamiento, contagios permanentes de tuberculosis; brotes de neumonía, plagas; condiciones edilicias paupérrimas, entre otras cotidianeidades lamentables con las que se pretende reinsertar a futuro a las personas que violaron la Ley y que, se supone, son privadas de su libertad no cómo castigo, sino cómo una posibilidad de aprendizaje y de futura reinserción ¿Supervisarán los defensores oficiales las condiciones en las que viven sus representados en las cárceles o solo irán contra las dependencias policiales? ¿Ampliará el Gobierno la capacidad de alojamiento en las cárceles o construirá nuevos centros de detención para mejorar la calidad de vida de los detenidos? ¿Cuántas veces se le exigió celeridad al Poder Judicial para no exponer a los privados de la libertad a algunas de las condiciones mencionadas que están bajo su órbita? ¿Se pidió alguna vez algo de lo enumerado o solo se corta el hilo por lo más fino?

El habeas corpus presentado por la Dra. Berterame señaló, además, “esta situación – a la que calificamos de emergencia de la seguridad en el Departamento Judicial San Nicolás – que atenta con los derechos humanos de las personas privadas de libertad, y siendo que es nuestra tarea velar para que los lugares de detención cumplan con las mínimas condiciones de habilitación, de habitabilidad y que se pueda brindar alimentación e higiene en calidad suficiente para el alojamiento transitorio de las personas que allí se destinan, es que corresponde a los Sres. Magistrados de los Juzgados de Garantías nros. 1, 2 y 3 departamental, a cuya disposición se encuentran detenidos las personas allí alojadas, urgir el alojamiento de los detenidos a su disposición en otras dependencias o imponer el ingreso a alguna Unidad Penitenciaria y/o conceder las morigeraciones respectivas. Esta situación no puede sostenerse un día más”. Lo cual ya fue acatado en el marco del pedido que realizó la letrada cuando se trasladó a todos los detenidos que se encontraban alojados hasta hace algunas horas en la mencionada dependencia policial.

Resolución:

Debido al “cuadro dantesco que describe el acta, y que no resulta inverosímil a la luz de las paupérrimas condiciones de vida de las personas allí alojadas”, dice la respuesta judicial, resuelve: Primero hacer lugar a la acción de habeas corpus interpuesta por la Sra. Defensora Oficial Dra. Celina Berterame en favor de las personas privadas de libertad alojadas en la Delegación Departamental de Investigaciones de Tráfico de drogas ilícitas y crimen organizado de San Nicolás. Segundo, se ordena en forma inmediata el traslado de los detenidos que tienen orden de remisión expedida por los respectivos Magistrados intervinientes, a la Unidad Penal III, traslado que deberá efectivizarse en forma urgente. Y, tercero, ordenar la permanente prohibición para el alojamiento de personas en la DDI de Tráfico de Drogas y Crimen organizado de San Nicolás, otorgando un plazo de 15 días para retirar las rejas colocadas allí.

Imagen de archivo.

 

 

 

 

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