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Veda electoral

12 noviembre 2021 - 05:19

Con motivo de la celebración de las Elecciones del próximo domingo, comienza a regir la veda electoral ¿Qué está permitido y qué no?

Este domingo 14 de noviembre se llevarán a cabo las Elecciones Generales 2021 y, por ese motivo, este viernes 12 a las 8 am comienza a regir la veda electoral que prohíbe varias actividades tanto a los candidatos como a los ciudadanos en general hasta tres horas posteriores a los comicios. 

El Código Nacional Electoral prohíbe la realización de actos y de propagandas políticas durante la veda, esto con motivo de lograr silencio electoral. Además en el Art. 71 del mismo se detalla que, quedan prohibidos:

Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado;

Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.

Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino;

Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.

La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos.

Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.

Entre otros ítems.

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