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Un fallo que duele en dólares

27 enero 2026 - 11:31

La Justicia de Tres Arroyos obligó a un empresario a pagar el equivalente a una casa por negar la paternidad durante 38 años

La Justicia de Tres Arroyos dictó un fallo sin precedentes en materia de derecho a la identidad y responsabilidad parental: un empresario fue condenado a indemnizar a su hijo biológico, hoy de 38 años, tras 36 años de negativa a reconocerlo, con una reparación económica equivalente al valor de una vivienda.

La sentencia fue dictada por el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 de Tres Arroyos, y se apoyó en pruebas de ADN irrefutables que confirmaron el vínculo sanguíneo. Para el tribunal, la falta de reconocimiento no solo provocó daño moral, sino también perjuicios materiales concretos a lo largo de décadas.

Durante más de treinta años, el demandante creció junto a su madre, trabajadora de casas particulares, sin el acompañamiento económico ni afectivo de su progenitor, mientras el empresario desarrollaba una vida de solvencia económica y reconocimiento social en la región. La jueza consideró acreditado que el demandado conocía la existencia de su hijo y, aun así, incumplió deliberadamente sus obligaciones legales.

El eje del fallo estuvo en la cuantificación del daño. La magistrada entendió que la ausencia de reconocimiento privó al hijo de oportunidades educativas, de salud y de acceso a bienes básicos, que sí tuvieron otros hijos del empresario reconocidos legalmente. En ese marco, la indemnización fue fijada en una suma equivalente al valor de mercado de una casa de clase media, estimado en 65.000 dólares, más el costo de un tratamiento psicológico prolongado.

La resolución se apoyó en el concepto jurídico de “pérdida de chance” y en la vulneración del derecho constitucional a la identidad. El tribunal sostuvo que el damnificado debió realizar esfuerzos desproporcionados para subsistir, mientras su progenitor incrementaba su patrimonio sin asistir a su descendiente. La reparación, subrayó el fallo, no busca solo castigar, sino nivelar patrimonialmente una desigualdad construida a lo largo de más de tres décadas.

El fallo marca un antes y un después en las demandas por filiación en la provincia de Buenos Aires. Hasta no hace mucho, las indemnizaciones por falta de reconocimiento filial eran simbólicas o de bajo monto. La sentencia de Tres Arroyos, en cambio, adopta una mirada integral que pondera la capacidad económica del progenitor y el impacto real de la omisión en la vida del hijo.

Para especialistas en derecho de familia, el veredicto deja un mensaje claro: reconocer a un hijo no es una opción, sino un deber jurídico estricto, y su incumplimiento genera deudas que el paso del tiempo no borra, al menos en términos de daño moral y material. En un contexto donde la ciencia facilita la determinación de la paternidad mediante estudios genéticos, la Justicia parece decidida a que la irresponsabilidad afectiva también tenga consecuencias económicas concretas.

Con información de iProfesional

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