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Tercer freno judicial a la reforma laboral: suspenden cambios clave sobre convenios y aportes sindicales

28 marzo 2026 - 10:36

El Juzgado Federal N° 2 de San Martín ordenó no aplicar artículos de la ley que limitaban la ultraactividad y fijaban topes a contribuciones. Ya hubo fallos previos el 12 y 17 de marzo.

A un mes de su sanción, la reforma laboral volvió a recibir un revés judicial. Este viernes 28 de marzo de 2026, el Juzgado Federal N° 2 de San Martín dispuso que el Estado Nacional se abstenga de aplicar los artículos que modificaban la ultraactividad de los convenios colectivos y establecían topes a los aportes sindicales.

La medida cautelar fue dictada por el juez federal Elpidio Portocarrero a partir de una presentación realizada por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, y alcanza específicamente a los artículos 131 y 133 de la reforma. La resolución tendrá una vigencia inicial de seis meses.

En su fallo, el magistrado advirtió que las modificaciones cuestionadas pueden “incidir sobre la autonomía colectiva y el normal desenvolvimiento de las asociaciones sindicales” y que “suscitan interrogantes razonables en torno a su alcance e impacto sobre el sistema de negociación colectiva”.

La decisión garantiza, al menos de manera provisoria, la continuidad de las cláusulas de los convenios colectivos vigentes, incluso vencidos, y obliga a las empresas a mantener la retención y el depósito de las contribuciones solidarias acordadas.

El punto central del conflicto radica en la llamada ultraactividad, un mecanismo que permite que un convenio colectivo siga en vigencia más allá de su fecha de vencimiento hasta que se negocie uno nuevo. La reforma impulsada por el Gobierno buscaba limitar ese esquema, al tiempo que fijaba un tope del 2% de los salarios para los aportes sindicales.

Se trata del tercer fallo adverso para la reforma laboral en lo que va del mes. El primero se conoció el 12 de marzo de 2026, cuando el juez Ricardo Gileta declaró la inconstitucionalidad del artículo 55, que establecía límites a la actualización de deudas en juicios laborales —con un cálculo basado en la inflación más un adicional del 3% anual y un mínimo del 67% de ese resultado—.

Días más tarde, el 17 de marzo de 2026, el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 30, Herman Mendel, suspendió mediante otra medida cautelar el traspaso de la Justicia laboral a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires, en una causa impulsada por el gremio de judiciales.

Con este nuevo pronunciamiento del fuero federal de San Martín, la reforma laboral suma tres decisiones judiciales consecutivas que frenan aspectos centrales de su implementación, en un escenario de creciente disputa entre el Gobierno nacional, el Poder Judicial y los sindicatos.


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