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Medidas más duras para taxis y remises.

22 junio 2021 - 18:47

Aunque aun no fueron aprobadas, el Municipio las aplicaría igual

Desde hace días Prensa Libre SN está recibiendo mensajes de dueños de remises que, según expresan, se encuentran con una ingrata sorpresa al momento de ir a renovar sus obleas, la mayoría de ellos por la antigüedad de las unidades. La norma vigente que regula esto último, Ordenanza Nº 8169 (que modifica en parte a la Nº 7432) aprobada por el HCD el 2 de febrero de 2012 y promulgada el Ejecutivo Municipal cuatro días después, indica en su Art. 1º lo siguiente: 

“Modifícase el artículo 45º de la Ordenanza 7432: «ARTICULO 45º: Los vehículos deberán ser de una cilindrada igual o superior a 1.190 cm3. Su antigüedad no podrá exceder los 15 años.

Y agrega en su Art. 2º:

“Modifícase el artículo 47º de la Ordenanza 7432: «ARTICULO 47º: El servicio de taxis y/o radio taxis se prestará con los vehículos habilitados por el Municipio, a cuyo fin deberán ser unidades con una cilindrada igual o superior a 1.190 cm3, y de antigüedad de hasta 15 años

Qué dicen los involucrados:

Si bien la norma es totalmente clara, los trabajadores del volante manifiestan que se encuentran con otra realidad a la hora de renovar sus obleas en la oficina que dirige el funcionario municipal, Damían Tarulli.

Nos piden que el coche sea modelo 2012 o 2013, es decir que tenga entre 8 y 10 años de antigüedad. A esto Tarulli expresa que “Desde la Secretaría no estamos pidiendo de 8 a 10 años. Hoy se está cumpliendo la ordenanza tal cual está”.

 La Ordenanza Nº 8169 indica en su Art. 4º:

Modifícase el artículo 81º de la Ordenanza 7432: «ARTICULO 81º: Los vehículos de los servicios de taxis y remis que se encuentran prestando el servicios tendrán que adecuarse en lo referente a la antigüedad de la unidad a lo estipulado por el artículo 45 y 47 y en lo referente a la exigencia de contar con aire acondicionado, será obligatorio a partir del cambio de unidad”, es decir que pueden tener hasta 15 años de antigüedad. Para que no queden dudas al respecto, desde la propia subsecretaria de Comunicación y Medios de la Municipalidad de San Nicolás, indicaron a Prensa Libre SN que “los requisitos para renovar la oblea están en www.sannicolasciudad.gob.ar/tramites” sección transporte:

 “El vehículo entrante puede ser superior o inferior al anterior siempre y cuando, no posea más de 15 años de antigüedad y respete las exigencias de la Ordenanza 7432” y entonces viene una pregunta obligada ¿Por qué los propios funcionarios municipales estarían exigiendo más de lo que dice la ley? La respuesta es que en el Honorable Concejo Deliberante se está trabajando en un proyecto de ordenanza que modificará a las Nº 7432; 8169 y a otras similares.

Están también los casos de transferencias de licencias que, si bien son pocas las excepciones para poder hacerlo, son bien claras. En la ordenanza Nº 7432 Art. Nº 27, inc. b) se expresa que la transferencia está permitida: “Por el deceso del titular o su ausencia con presunción de fallecimiento y a requerimiento de su viuda o demás causahabientes definidos en la Ley 24.241, que demuestren una evidente necesidad socioeconómica de explotar la licencia o transferirla, ‘teniendo en el caso de explotarla, un plazo de 365 días desde la declaratoria de heredero para transferirla a un tercero, transcurrido dicho plazo la transferencia de la licencia será asimilable a los distintos casos según los términos de la presente Ordenanza’”.

A pesar de ello este medio conoce de un caso en particular de una mujer que, en el contexto de pandemia y con una jubilación mínima, perdió a su marido a causa del Covid – 19 y le estarían negando la posibilidad de transferir a su nombre y explotar la licencia.

Lo que se está discutiendo en el Concejo:

Si bien aun no está aprobada, su trabajo está muy avanzado y desde la propia Subsecretaria de Comunicación y Medios de la Municipalidad de San Nicolás nos informaron esta mañana que en 15 días se aprobará una nueva ordenanza que regulará el servicio de taxis y remises. Prensa Libre SN mantuvo contacto telefónico con el presidente del Honorable Concejo Deliberante, Sergio Ponce, y este expresó que “estamos trabajando en un proyecto que, si bien está muy avanzado, aun no está del todo consensuado, más que nada respecto de la antigüedad de los autos”.

A esto Ponce sumó que “en la mayoría de los puntos hay acuerdo; la propuesta es que sea igual (la norma) al resto de los municipios, por eso 10 años. Los taxistas están de acuerdo, los remiseros no”, agregó el Presidente del Concejo. Al ser consultado acerca de los plazos de adecuación que se les dará a los trabajadores del volante, expresó: “De aprobarse va a haber una prorroga, estamos viendo que sea paulatino”.

Prensa Libre SN tuvo acceso al borrador del Proyecto de Ordenanza (naturalmente sujeto a cambios) que se discutiría en el Honorable Concejo Deliberante en días más. En el mismo se expresan varios puntos interesantes, entre ellos:

El número total de licencias a otorgar, sumando las correspondientes a ambas modalidades, será el equivalente, como máximo, al 0,65% de la población total del Partido de San Nicolás de los Arroyos.

– Las licencias otorgadas serán intransferibles por parte de sus titulares, debiendo procederse, en caso de cese de actividad de su titular, por cualquier causa, a la cancelación de la misma. La vacante será cubierta por la Autoridad de Aplicación. Las licencias solo podrán transferirse a favor de su padre, madre, hijos/as o hermanos/as y cónyuge en los siguientes casos:

b) Por el deceso del titular o su ausencia con presunción de fallecimiento y a requerimiento de su viuda o demás causahabientes definidos en la Ley 24.241, que demuestren una evidente necesidad socioeconómica de explotar la licencia o transferirla… (entre otros casos).

-Serán obligaciones del titular de la licencia: a) Utilizar la aplicación móvil.

– En relación a las unidades que desarrollen la modalidad de taxis o remis (radiotaxi), deberán cumplir con las siguientes exigencias:

a) Ser automóvil tipo Sedan, Rural o Berlina, 4 o 5 puertas, con capacidad para cinco pasajeros incluido el chofer.

l) Estar equipado con teléfono móvil del tipo smartphone para medición de tarifa y recorrido, adecuado a las especificaciones técnicas que establezca la reglamentación.-

Los vehículos podrán ser conducidos por los titulares y/o choferes designados por los titulares de licencias, debiendo ambos cumplir los siguientes requisitos:

a) Poseer carnet habilitante otorgado por el Municipio, categoría profesional para transporte de pasajeros.-

b) No tener más de sesenta y cinco (65) años de edad.- El Departamento Ejecutivo podrá prorrogar la autorización hasta dos (2) años más, siempre que medie petición del interesado fundada por razones de necesidad debidamente comprobadas y cumpla el mismo con las condiciones psicofísicas requeridas en la legislación vigente.-

Son obligaciones de los conductores:

g) Poner y mantener en funcionamiento la aplicación móvil mediante el smartphone correspondiente.

– Los servicios comprendidos, dentro del partido de San Nicolás, en este Título deberán cobrar una tarifa única, y uniforme, que establecerá este Concejo Deliberante.

– Los vehículos deberán ser de una cilindrada igual o superior a 1.190 cm3. Su antigüedad deberá ser:

1.            De 5 años como máximo para la solicitud de nueva oblea.

2.            De 8 años como máximo para cambio de vehículo en una oblea asignada.

3.            No podrá exceder los 10 años, en ninguna circunstancia.-

Establécese un plazo de prórroga hasta el 1 de marzo de 202X para que las unidades de remis o taxi que excedan la antigüedad de 10 años se adecúen a la establecida en el presente artículo.

Quién no cumpla con esta disposición, sufrirá el cese definitivo de la actividad y la correspondiente baja de la licencia en forma automática, ordenada por la Autoridad de Aplicación.

Recordemos que todos los puntos mencionados, más otros muchos que no compartimos, están en plena etapa de discusión en el Concejo y en breve se presentará el proyecto final que luego deberá de ser debatido y aprobado por el cuerpo deliberativo local y, posteriormente, promulgado por el Ejecutivo Municipal. Entonces ¿Por qué se estaría aplicando algo que aun no está vigente? De hecho, en el propio Concejo Deliberante recién alcanzaron a redactar el borrador de un proyecto de ordenanza. Lo cierto es que el municipio de San Nicolás de los Arroyos es futurista y ya aplicaría las medidas que va a tomar en el futuro.

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