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Judiciales: Retención de tareas presenciales.

5 mayo 2021 - 09:48

Ante la ausencia de medidas que restrinjan la presencialidad, la AJB dispuso a partir del miércoles 5 de mayo una retención de tareas presenciales con trabajo remoto.

Ante la ausencia de medidas que restrinjan la presencialidad, la AJB dispuso a partir del miércoles 5 de mayo una retención de tareas presenciales con trabajo remoto. La medida gremial se decreta hasta el viernes 7 de mayo y luego se analizará su continuidad.

Desde principios del mes de abril, cuando se empezó a registrar un crecimiento descontrolado de casos de COVID-19 que amenazaba con saturar el sistema sanitario, la AJB ha realizado numerosas gestiones y presentaciones ante la Suprema Corte para que disponga medidas que limiten a su mínimo indispensable el trabajo presencial en los tribunales bonaerenses. La última fue realizada en conjunto con el Colegio de Magistrados el pasado 28 de abril, en la que se solicitaba además la convocatoria a una instancia de diálogo en el marco del comité de crisis.

Es a partir de la falta de respuestas a los planteos realizados y de la gravedad de la situación epidemiológica y sanitaria, que la AJB resuelve llevar a cabo una medida gremial de retención de tareas presenciales a partir del próximo miércoles 5 de mayo, con puesta a disposición para realizar trabajo remoto en los casos en que ello sea posible.

La medida tendrá vigencia en principio hasta el próximo viernes 7, y una vez finalizada el sindicato evaluará la continuidad de la acción gremial en función de las modificaciones que disponga la Suprema Corte al esquema de funcionamiento actual.

Esta medida tiene como principal objetivo reducir transitoriamente la convocatoria de personal presencial, evitando así el riesgo de contagios al interior de las dependencias judiciales o aquellos producidos por la mera circulación fuera de los hogares. Por lo tanto, aplica especialmente a todos las y los empleados y funcionarios cuyas funciones puedan realizarse de manera remota o respecto de aquellas tareas que no estén relacionadas con cuestiones de máxima urgencia.

Asimismo, se recuerda la vigencia de las dispensas para quienes integran los grupos de riesgo o tienen a su cargo el cuidado de hijos e hijas en edad escolar.

Finalmente, convocamos a las y los empleados y funcionarios a ponerse en contacto con referentes de la AJB para resolver cualquier duda o situación que pueda surgir en la implementación de la retención de tareas, expresa en parte el comunicado de la AJB.

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