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Discapacidad: el Gobierno activó la ley tras un fallo judicial

4 febrero 2026 - 14:33

Con el Decreto 84/2026, el Ejecutivo reglamentó la Emergencia en Discapacidad, fijó reglas para las pensiones no contributivas y reordenó el esquema institucional. La medida responde a una orden judicial y rige desde el 3 de febrero.

El Gobierno nacional avanzó con la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y puso en marcha los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinadas a personas con discapacidad. La decisión quedó formalizada a través del Decreto 84/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei.

La medida se adoptó tras una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que declaró inválido un decreto previo que había suspendido la ejecución de la ley por falta de financiamiento y ordenó su aplicación inmediata. Aunque el Estado nacional apeló ese fallo, la resolución judicial obligó al Poder Ejecutivo a reglamentar la norma en un plazo de 30 días.

El decreto define criterios de acceso, condiciones de permanencia, incompatibilidades con otros beneficios, procedimientos administrativos y mecanismos de control del nuevo esquema de pensiones. En los considerandos, el Ejecutivo señaló que el sistema deberá articularse con reglas de compatibilidad de ingresos y con políticas de inclusión laboral, para evitar superposiciones y asegurar una aplicación coherente.

En paralelo, la reglamentación introduce cambios institucionales: la Secretaría Nacional de Discapacidad queda formalmente incorporada al organigrama del Ministerio de Salud, con el objetivo de centralizar la política pública en la materia. La decisión se apoya en una “concepción integral del derecho a la salud y a la protección social”, que abarca dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.

Consejo Federal y auditorías

Entre los puntos centrales, el decreto instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar criterios de evaluación socioeconómica del nuevo régimen. Además, el organismo deberá presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los 30 días desde la entrada en vigencia del decreto.

La norma también faculta a la secretaría a dictar disposiciones aclaratorias y operativas y establece la conversión de oficio de las pensiones no contributivas vigentes en la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social. Para ello, la autoridad de aplicación deberá identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.

Cooperación federal y vigencia

Las medidas adicionales que surjan del Consejo Federal se implementarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según competencias y disponibilidad presupuestaria.

La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026, fecha de dictado del decreto, y constituye el paso operativo clave para la aplicación efectiva de la Ley 27.793, en un escenario atravesado por la judicialización de su implementación y el debate sobre el financiamiento del sistema.

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