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Denunciaron a Passaglia por incumpliendo de una orden de la Corte y solicitaron que le apliquen una multa.

1 junio 2023 - 15:23

Tras que la Suprema Corte de Justicia suspendiera parte del Código Urbano Ambiental y con ello las obras en la zona de islas y costanera, FOMEA denuncia que continúan realizando trabajos y que el puente vehicular permanece activo.

Desde que la Suprema Corte de Justicia a través de una medida cautelar suspendiera parte del Código Urbano Ambiental a principios de mayo, decisión que conlleva la clausura de los puentes y caminos hacia las playas de San Nicolás, así como de las obras que se están ejecutando en la zona, FOMEA constató que Manuel Passaglia está “incumpliendo” y lo denunció ante la corte este miércoles, solicitando la aplicación de multa al intendente y que se le trabe un embargo.

El abogado de los ambientalistas, Dr. Fabián Maggi, envió el siguiente escrito a la Corte:

“I. DENUNCIAMOS INCUMPLIMIENTO.

Venimos a denunciar ante la Corte el incumplimiento de la medida cautelar dispuestas en estos autos. El Sr. Intendente Manuel Passaglia solo dio cumplimiento parcial a lo ordenado, en tal sentido lo único que se cumple actualmente es la prohibición del cruce automotor al sector islas, el resto del contenido de la medida cautelar es incumplido a la vista de toda la ciudadanía.

Así, el Intendente local incumple abiertamente con la orden de clausura de las obras ejecutadas y que se estén ejecutando en los sitios alcanzados por la tutela que se dispone en la presente; lo que incluye los puentes de acceso vehicular a la zona insular y los caminos vehiculares que conducen a las playas «Barranquitas» y «El Arenal». Asimismo, se incumple con la orden de retirar del espacio determinado en los artículos cuya vigencia se suspende por la medida que aquí se ordena todas las máquinas viales, automóviles, camiones y cualquier clase de equipamiento afectado a las labores interdictas (arts. 34 inc. 5, 135 inc. 5, 198 y 232, CPCC).

II. ACREDITAMOS INCUMPLIMIENTO.

Mediante las notas periodísticas, publicaciones, videos y fotografías que acompañamos acreditamos el incumplimiento denunciado. Algunos de los documentos aportados pertenecen a las redes sociales producidos por el Intendente local, otros al diario “El Norte” y otros medios locales.

La primera maniobra de incumplimiento es que el puente vehicular permanece operativo, no fue clausurado como lo ordenó la Corte, si bien no se permite el tránsito de vehículos particulares, al permanecer “abierto” es utilizado por vehículos municipales y provinciales, así como tractores y otras maquinas municipales. Al no haberse clausurado el puente posibilita el incumplimiento denunciado.

Cabe destacar que es una maniobra de mala fe porque utiliza como excusa servir para los peatones y ciclista, cuando en realidad para dicho uso existe un puente especifico que no es el vehicular, por eso denunciamos que se trata de un incumplimiento y de una maniobra artera para continuar con el tránsito de máquinas. La permanencia operativa del puente vehicular no solo es un incumplimiento de por sí, además posibilita que clandestinamente ingresen maquinas al sector de islas y ejecuten obras en zonas que no son visibles desde los caminos existentes, por ello solicitamos se ordene la clausura por parte de alguna fuerza de seguridad.

En el territorio de la Isla Ballesteros se encuentran aún hoy al menos dos tractores de gran porte y un camión (acompañamos fotografías), también circunstancialmente cruzan vehículos municipales y transitan en zona prohibida.

En cuanto a la “Costanera Alta” la prohibición de obras y el retiro de maquinas no se cumple en lo más mínimo, podemos asegurar que por el contrario se verifica un proceso de aceleración de las obras prohibidas. A tal efecto acompañamos publicación periodística y video. La zona donde actualmente se incumple la medida es en las zonas 8.6.1.2.7 y 8.6.1.7.1, puntualmente al momento de escribir esta presentación se encuentran trabajando en el predio propiedad de la familia Chapuis construyendo una bajada en la conformación de la barranca protegida por la medida cautelar”, dice la primera parte del escrito.

Luego, la presentación judicial continúa marcando que “se observa en el video que la destrucción de la morfología original de la barranca es total, abarcando la corona de barranca y el pie de barranca. Con el agravante que además se trata de zona de bosque nativo categoría I de la ley 14.888. La destrucción de la zona protegida por la ordenanza 8235/12, y protegida por la medida cautelar, que se observa en las imágenes que acompañamos es lamentable, impulsada por conductas penalmente reprochables de los responsables del Poder Ejecutivo local que no aceptan encuadrar el manejo del “Parque Rafael de Aguiar” a la normativa aplicable conforme orden judicial expresa.

Acompañamos en esta presentación la localización exacta sobre barranca y bosque nativo donde se están desarrollando las obras en el ámbito del Parque Rafael de Aguiar delimitado por la ordenanza 8235/12, la localización fue extraída del sitio oficial https://sata.ambiente.gba.gob.ar/maps/230 que determina ubicación exacta de la zona de ejecución de obras (pin azul) en Latitud: -33,316 – Longitud: -60,226”.                                                   

Ante ello y basándose en la medida cautelar dispuesta por la Suprema Corte de Justicia la cual expresa que ante el eventual incumplimiento se dispone “apercibimiento de aplicar una multa al señor Intendente de San Nicolás”, fue que el abogado de FOMEA pidió que a Manuel Passaglia se le “aplique el apercibimiento enunciado y para su efectivización se libre oficio de embargo a la cuenta bancaria donde el Sr. Intendente percibe su sueldo municipal”, asimismo,  Maggi solicita que la orden de embargo se aplique desde el 16 de mayo hasta la fecha.

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