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Al ajuste lo pagan los usuarios

6 octubre 2018 - 13:01

A la suba de casi el 35 % del gas, hay sumarle la “compensación” a las empresas

Los usuarios tendrán que pagar extra de gas para compensar a las empresas por la megadevaluación. Esto sumado a los aumentos ya anunciados, ahora cada consumidor deberá abonar en su boleta una suma extra destinada a subsidiar a las empresas para que éstas, no pierdan ganancias.

Este nuevo golpe al bolsillo se conocía ayer en todo el país luego de que se publicara en el Boletín Oficial, al aumento de octubre (35% promedio) entonces, se le suma la compensación a las empresas.

La Resolución 20/2018 de la Secretaría de Gobierno de Energía determina que los incrementos comenzarán a aplicarse a partir del 1 de enero de 2019.

ARTÍCULO 1º.- Dispónese, en forma transitoria y extraordinaria, que para las diferencias entre el precio del gas previsto en los contratos y el precio de gas reconocido en las tarifas finales de las prestadoras del servicio de distribución, valorizadas por el volumen de gas comprado desde el 1º de abril y hasta el 30 de setiembre de 2018, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) instruirá a las prestadoras del servicio de distribución al recupero del crédito a favor de los productores en línea separada en la factura de sus usuarios, en VEINTICUATRO (24) cuotas a partir del 1º de enero de 2019.

Las Diferencias Diarias Acumuladas y actualizadas al 31 de diciembre de 2018 a la tasa activa cartera general diversa del Banco de la Nación Argentina, serán distribuidas por las prestadoras del servicio de distribución a cada usuario proporcionalmente, tomando en consideración los volúmenes consumidos por éstos durante el período abril-septiembre de 2018.

La financiación de dicho monto se efectuará según la tasa pasiva plazo fijo pizarra del Banco de la Nación Argentina aplicándose el método francés para el cálculo y la amortización de la deuda y el pago de intereses, incluyendo un plazo de SESENTA (60) días que compense la diferencia entre la fecha de facturación y el efectivo pago.

ARTÍCULO 2°.- El ENARGAS deberá definir el mecanismo de recupero e instruir a las prestadoras del servicio de distribución para su implementación.

Así la gestión de Mauricio Macri dispuso que las perdidas empresariales sean absorbidas por el bolsillo de todos los argentinos.

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