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Absolvieron a los 17 acusados por delitos de lesa humanidad en la causa Villazo

4 noviembre 2025 - 20:33

La fiscalía argumentaba que existió un plan para “aniquilar la resistencia obrera en el cordón industrial”, abarcando no sólo Villa Constitución, sino también Rosario, San Nicolás y San Lorenzo.

El Tribunal Oral Federal de Rosario resolvió por mayoría absolver a los 17 imputados en el juicio por la causa conocida como Villazo, que investigó delitos de lesa humanidad cometidos contra obreros metalúrgicos de Villa Constitución en 1975. La sentencia fue dictada este martes por los jueces Germán Sutter Schneider, Ricardo Moisés Vásquez y Otmar Osvaldo Paulucci, quienes fijaron el 6 de febrero de 2026, a las 20, como fecha para la lectura de los fundamentos.

Entre los absueltos figuran 15 expolicías federales, un expolicía provincial y dos exdirectivos de Acindar S.A.: Roberto José Pellegrini y Ricardo Oscar Torralvo. Ambos, junto a Roberto Raúl Squiro y Juan Carlos Faccendini, estaban acusados de privación ilegal de la libertad agravada —por violencia y amenazas— y asociación ilícita en perjuicio de 49 trabajadores. La decisión alcanzó también las imputaciones por homicidio agravado que involucraban a ocho víctimas, entre ellas Jorge Ramón Chaparro, Julio Palacios, Concepción De Grandis y Miguel Ángel Lobotti.

El tribunal rechazó además los planteos de inconstitucionalidad de los decretos N° 1368/74 y N° 2717/75 presentados por la Fiscalía y la querella del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), así como la solicitud de declarar el predio “Albergue de Solteros” de Acindar como centro clandestino de detención. También desestimó el pedido de nulidad formulado por la defensa del abogado Hernán Kovacevich y las presentaciones complementarias de las partes acusadoras —la querella de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) y el Ministerio Público Fiscal— por exceder el objeto del juicio.

Como resultado de la resolución, se dispuso la inmediata libertad de Pellegrini, Torralvo y Squiro, salvo que existiera otra orden de detención vigente.

El juez Germán Sutter Schneider votó en disidencia. Consideró que las 30 detenciones ocurridas entre el 20 de marzo de 1975 y el 3 de mayo de 1976, y los 10 asesinatos cometidos entre abril de 1975 y enero de 1976, constituyeron delitos de lesa humanidad. Argumentó que las víctimas fueron perseguidas por su pertenencia o vinculación con la Lista Marrón de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) de Villa Constitución, encabezada por Alberto Piccinini, a quien se acusaba falsamente de subversión.

En su voto, Sutter Schneider propuso condenar a Roberto Álvarez como coautor de privación ilegal de la libertad agravada —mediando violencia y amenaza— en perjuicio de ocho víctimas, a ocho años de prisión e inhabilitación especial. También planteó una condena de seis años de prisión e inhabilitación especial para Roberto Pellegrini, por el mismo delito cometido contra Roberto Justo Martínez. En cambio, absolvió por el beneficio de la duda a otros 15 imputados, entre ellos Ricardo Oscar Torralvo, Juan Carlos Fascendini y Emilio Hugo Marciniszyn.

La Fiscalía, integrada por Adolfo Villatte —de la Unidad Fiscal de Lesa Humanidad del Distrito Rosario— junto a los auxiliares fiscales Juan Patricio Murray y Álvaro Baella, había solicitado prisión perpetua para los dos exdirectivos de Acindar, y penas de entre 10 y 25 años para los expolicías federales y un exintegrante de la guardia rural. En tanto, la querella de la APDH había pedido también dos condenas a prisión perpetua para los civiles y penas de entre 16 y 25 años para el resto de los acusados.

El proceso oral y público comenzó hace casi dos años y reunió más de un centenar de testimonios. Según la acusación fiscal, los hechos juzgados fueron la respuesta represiva a la histórica protesta obrera conocida como El Villazo, una huelga iniciada tras el triunfo de la Lista Marrón de la UOM local, el 20 de marzo de 1975. Esa victoria sindical desencadenó un operativo de gran escala, conocido como “Serpiente Roja del Paraná”, que involucró a más de 4.000 efectivos de fuerzas federales y provinciales.

El requerimiento fiscal señaló que durante esos meses “se inició una verdadera cacería que perduró hasta el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 y continuó con posterioridad, aunque adquiriendo otras características”. Según la acusación, la represión buscó “aniquilar la resistencia obrera en el cordón industrial”, abarcando no sólo Villa Constitución, sino también Rosario, San Nicolás y San Lorenzo.

En su alegato final, el abogado defensor Hernán Kovacevich, representante de los policías federales Juan Carlos Romero, Carlos Brest, Vicente Valdez y Bernardino Sambrana, afirmó que “se hizo Justicia” al demostrarse la falta de pruebas directas que vincularan a sus defendidos con los hechos. “Ningún testigo los mencionó ni los ubicó en tiempo, modo o lugar”, sostuvo, y calificó la acusación como “carente de sustento real, basada en presunciones infundadas”.

Kovacevich solicitó la nulidad absoluta del proceso y la absolución total de los imputados, invocando el derecho de defensa y el principio de duda razonable. En el cierre de su intervención, afirmó que el fallo “ratifica que no hubo prueba ni delito, y que la verdad finalmente se impuso sobre el tiempo y la injusticia”.

La lectura de los fundamentos del veredicto fue programada para el 6 de febrero de 2026, a las 20 horas.

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