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Adorni, una casa no declarada en un country complica su situación

19 marzo 2026 - 08:49

Según una nueva denuncia contra el libertario, el inmueble no figura en sus declaraciones juradas; se agrava la causa por “enriquecimiento ilícito”

La diputada Marcela Pagano amplió en las últimas horas la denuncia penal contra el jefe de Gabinete Manuel Adorni, al incorporar nuevos elementos vinculados a una presunta propiedad no declarada en el Country Indio Cuá Golf Club, ubicado en Exaltación de la Cruz, provincia de Buenos Aires. La presentación fue realizada ante el Juzgado Federal N° 1, en el expediente CFP 1003/2026, caratulado “Adorni, Manuel s/enriquecimiento ilícito”.

Según el comunicado difundido por la legisladora, “la ampliación incorpora nuevos hechos vinculados a la presunta existencia de una vivienda de dos plantas” dentro de ese emprendimiento residencial de alta gama, que “no figuraría en la Declaración Jurada Patrimonial del funcionario ante la Oficina Anticorrupción”.

La investigación de Pagano se sustenta, de acuerdo a lo expresado, en testimonios de múltiples fuentes que indican que Adorni y su pareja, Bettina Angeletti, “habrían construido una vivienda propia de dos plantas en el Country Indio Cuá Golf Club”, ubicado sobre la Ruta 6, kilómetro 173. El inmueble, descripto como de color gris verdoso, estaría situado a unos 100 metros del hoyo 17 del campo de golf.

Uno de los puntos centrales de la denuncia es que esa propiedad “no aparece consignada en ninguna de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales presentadas por el funcionario ante la Oficina Anticorrupción”. Además, se indicó que las expensas del lote 380 “habrían comenzado a figurar a nombre de Angeletti, lo que sugiere un vínculo dominial o posesorio que tampoco fue informado ante las autoridades competentes”.

En relación a las declaraciones juradas, el documento señala que la última presentación pública de Adorni —correspondiente al ejercicio 2024 y presentada el 4 de agosto de 2025— incluye únicamente “el 50% de un departamento en Capital Federal y un departamento al 100% en La Plata”, sin registrar bienes en Exaltación de la Cruz ni en barrios cerrados. En ese sentido, se destaca que las propiedades del country tienen un valor estimado entre USD 129.000 y USD 249.000, según portales inmobiliarios.

El planteo también cuestiona la capacidad económica del funcionario. Según la presentación, sus ingresos resultarían “manifiestamente insuficientes para financiar simultáneamente el alquiler en un country de alta gama, la construcción de una casa, viajes aéreos de alto costo —como un vuelo privado a Punta del Este estimado en USD 10.000 y un pasaje premium de su cónyuge a Nueva York por más de USD 5.000— y gastos mensuales con tarjeta de crédito que no podría justificar”, al tiempo que sus ahorros en dólares “permanecieron sin variación en USD 48.720 durante dos años de función pública”.

En ese marco, la diputada atribuye posibles delitos como enriquecimiento ilícito de funcionario público (artículo 268 [2] del Código Penal), falsedad ideológica de documento público (artículo 293), incumplimiento de los deberes de funcionario público (artículo 248) y violación de la Ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública.

Como parte de la ampliación, Pagano solicitó una batería de medidas de prueba: oficios al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a la administración del country, a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, a la Oficina Anticorrupción, a ARCA (ex AFIP), a entidades financieras y a la Unidad de Información Financiera (UIF). También pidió una inspección ocular con perito oficial, la toma de testimoniales a vecinos, informes al Colegio de Escribanos bonaerense y la aplicación de medidas cautelares como embargo preventivo e inhibición general de bienes.

La causa ya contaba con una denuncia previa impulsada por la misma legisladora, en la que se señala que Adorni no habría presentado su declaración jurada correspondiente al ejercicio 2025, pese a ocupar el cargo en virtud del Decreto 784/2025, lo que, según el planteo, configura un incumplimiento de las normas de ética pública.


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