Porque nada queda oculto
Viernes 26 de Abril de 2024
12 abril 2019 - 08:08
Aunque hecha la ley… solo aportarán los funcionarios designados a partir del 1° de enero de 2017
De acuerdo a una disposición conjunta de la Suprema Corte y de la Procuración General bonaerense, se decidió adherir a la Ley 27.346, la cual indica que ya no quedan exentos del pago del Impuesto a las Ganancias, aquellos judiciales que cumplen funciones en la provincia de Buenos Aires, pero solo quienes que fueron designados a partir del 1º de enero de 2017.
Esta disposición atañe a jueces, fiscales como a otros empleados judiciales de menor jerarquía que trabajan en la órbita provincial, lo que genera paridad con sus colegas a nivel nacional.
Un dato que, seguramente, no caerá nada bien, es que el descuento es retroactivo, debido a que la norma indica regimiento para el ejercicio fiscal del 2019. Por lo que los meses de enero a abril, comenzarán a descontarse “en tantas cuotas iguales, mensuales y consecutivas, como meses resten del año calendario para el actual ejercicio”.
“No resultan sujetos alcanzados quienes ingresaron al Poder Judicial provincial con anterioridad a dicha fecha y dicha situación no varía aun cuando fueran nombrados o promovidos con posterioridad”, por la tanto, es solo para los nuevos.
De todos modos la obligatoriedad del aporte, “resulta aplicable a los magistrados provenientes de los Poderes Judiciales y a los fiscales y defensores de los Ministerios Públicos de la Nación, de las Provincias y o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” que de ahora en más se incorporen al Poder Judicial bonaerense.