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El crimen de Daiana ¿Por qué Nievas estaba en libertad?

13 noviembre 2019 - 11:02

El juez que liberó a Nievas, el informe del Servicio Penitenciario Bonaerense para que éste recupere la libertad y las falencias judiciales. Todo eso sumado, concluyó en un nuevo femicidio.

El femicidio de Daiana Almeida conmocionó a San Nicolás toda, más aun cuando se conoció que el presunto asesino, Miguel Ángel Nievas, estaba en libertad a pesar de haber matado previamente. El acusado tiene una lista variada de delitos en su haber, hurtos, robos, homicidio y un abuso sexual que data del pasado 25 de mayo de 2.019.

El abuso sexual:

La fiscal que intervino por este caso fue la Dra. Baños, quién pidió allanar su domicilio, secuestrando prendas de vestir, una moto y otros elementos que serían considerados pruebas al momento de endilgarle la autoría del hecho.  Entre el material probatorio que consideró la fiscalía, se recolectaron imágenes de cámaras de seguridad que ubicarían a Nievas y a su moto Keller 110 cc de color negro, en el lugar del abuso.

Prensa Libre SN pudo acceder a parte de esa investigación, sabiendo que la Dra. Baños solicitaría la detención de Miguel Ángel Nievas en caso de arrojar resultado positivo el reconocimiento de lo secuestrado. Sin embargo, desconocemos qué sucedió para que Nievas continué libre. Hay, al menos, dos opciones. Una es que las prendas secuestradas no hayan sido reconocidas por la victima y, por ende, Baños no haya solicitado su detención. O bien, que el Jugado de Garantías Nº 2 a cargo del juez Ricardo Pratti, que intervino en el caso, no haya avalado la solitud de la fiscalía en caso de haber pedido el cese de la libertad del imputado.

El homicidio que registra Nievas:

El crimen por el cual el presunto femicida ya fue condenado, data del 16 de enero de 2.012 en el barrio Moreno, cuando Nievas le asestara varios puntazos y un corte mortal en el cuello a Rubén Vivas a eso de la siete de la tarde, provocándole la muerte.

El 17 de noviembre de 2.014 el delincuente había sido condenado a 9 años de prisión por el delito de “Homicidio”, decisión que tomó el Tribunal Criminal Nº1 de San Nicolás.

La Libertad Condicional:

Años después de la condena por homicidio, siendo 19 de enero de 2.018, el juez Correccional Dr. Sebastián Zubiri, le otorgó la libertad condicional al asesino, basado en el Art. 13 del Código Penal. La decisión del juez se fundó en el cumplimiento efectivo de los dos tercios de la condena; el puntaje de 8 en conducta que Nievas tenía en el penal; el estudio socio ambiental; el resultado de las pericias psicológicas realizadas por especialistas del estado hacia el reo, en las que Nievas manifestó que iba a trabajar y a convivir con su pareja y sus dos hijos en un domicilio de Av. Álvarez al 500. Sería la mujer la encargada de acompañarlo en el proceso de reinserción social.

El rol del Servicio Penitenciario Bonaerense:

En el informe que brindó al juez el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) cuando Nievas solicitó el beneficio de Libertad Condicional, se puede leer que el reo manifestó «querer trabajar y estar con su familia… debiendo afrontar en el afuera la ausencia física de su hermana, quién falleciera hace un año…A su egreso contaría con posibilidades laborales junto a su cuñado para realizar tareas de albañilería, o por cuenta propia podría desempeñar trabajos, no solo de albañilería, sino de electricidad y pintura

Concluyendo el informe del SPB que Nievas “Se presenta a la entrevista como una persona adulta, quien se dirige de manera correcta ante la profesional. Se muestra abierto al dialogo…”, entre otros detalles.

Todo ello fue merituado por el juez Zubiri para otorgarle el beneficio de libertad a Miguel Ángel Nievas.

Consecuencias:

Teniendo en cuenta esta información, se puede decir que la frase “El Estado es Responsable”, cobra más sentido, debido a que Nievas no estaba listo para ser reinsertado socialmente, pero nadie lo vio.

El homicida, que había sido condenado a 9 años de prisión, debía estar preso, al menos, hasta 2.021, pero salió y siguió involucrado en diferentes delitos, entre ellos, una acusación de abuso sexual de 2.019 y ahora, “Privación ilegítima de la libertad agravada, Homicidio criminis causa, Homicidio agravado por violencia de género, Abuso sexual seguido de muerte” de Daiana Almeida.

El Dr. Ariel Tempo, que lleva adelante la investigación por el femicidio de la enfermera, evalúa que para Nievas, debería corresponder la pena de prisión perpetua, en caso de ser hallado culpable.

Nuevamente llega a la mente de la sociedad la pregunta ¿Puede reinsertarse un abusador sexual? ¿En qué casos de homicidio debe evaluarse un eventual beneficio?

Como saldo de todas estas decisiones, Nievas estaba en libertad y Daiana fue cruelmente asesinada.

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